Andalucía

Archivada la causa contra el hijo de Chaves por denuncia falsa de robo

  • La juez considera que Iván Chaves no incurrió en delito al "no acusar a nadie en concreto" de la desaparición de papeles en su despacho.

Un juzgado de Sevilla ha archivado la causa contra Iván Chaves Iborra, hijo del ex presidente de la Junta Manuel Chaves, por presunta denuncia falsa al denunciar el robo de unos documentos de su despacho. Fuentes judiciales han informado de que el juzgado de instrucción 15 considera que Iván Chaves no incurrió en el delito tipificado en el artículo 456 del Código Penal, ya que ni en su primera denuncia ni en sus sucesivas declaraciones "ha imputado a persona alguna identificada".

La apertura de diligencias contra Chaves Iborra se produjo después de que el juzgado de instrucción 17 archivase, por falta de autor conocido, su denuncia de marzo de 2011 por el robo de varios contratos y agendas de su despacho, de cuya falta se había percatado al recibir una llamada del periodista Melchor Miralles. Posteriormente, el periodista publicó varias informaciones sobre los negocios de Iván Chaves con la Junta de Andalucía cuando estaba presidida por su padre, lo que según un atestado de la Unidad contra la Droga y el Crimen Organizado de la Policía (UDYCO) "podrían poner de manifiesto una presunta trama de corrupción y tráfico de influencias".

El juzgado número 17 archivó la denuncia por el robo a petición de la Fiscalía, como única parte acusadora, y a la vez dedujo testimonio ante el Decanato de los juzgados contra Chaves Iborra por un presunto delito de denuncia falsa. Una vez turnado, el juzgado de instrucción 15, en un auto fechado el pasado 2 de febrero, ha archivado también esa causa "al no resultar debidamente justificados los hechos". El delito que se le imputó exige que se acuse en falso a "alguna persona", y en este caso Chaves Iborra "ni en su primera denuncia ni en sus sucesivas declaraciones ha imputado a persona alguna identificada", pues se limitó a relatar que, al recibir la llamada del periodista, se percató de que le faltaba determinada documentación.

Pero en todo momento el denunciante actuó "sin acusar en ningún momento al periodista ni a persona concreta", por lo que los hechos "no pueden incardinarse" en el artículo que regula la denuncia falsa. En cuanto al robo sufrido en su despacho, dice el auto que tampoco han aparecido indicios que apunten a alguna persona como "autor, cómplice o encubridor". La Fiscalía de Sevilla, única parte acusadora, había pedido el archivo de la causa por el robo de documentos pero dejaba abierta la posibilidad de abrir unas "diligencias independientes del presente procedimiento" en caso de "aparecer nuevos datos relativos a la información publicada" y si de ello "se revelara la presunta comisión de ilícito penal".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios