Sevilla

La Fiscalía recurre al TSJA para que el juicio del 'caso Marta' sea con jurado y así evitar "dilaciones"

  • El recurso se une al interpuesto por la familia de la joven desaparecida y asesinada la pasada semana.

La Fiscalía de Sevilla ha recurrido ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) para que el asesinato de Marta del Castillo sea enjuiciado por un jurado popular y no por un tribunal profesional, como ha determinado en un reciente auto el magistrado de la Audiencia Provincial designado para presidir la vista oral, Javier González, todo ello además al objeto de que no se produzcan "dilaciones" en el procedimiento. 

En este sentido, fuentes de la Fiscalía han informado de que fue el pasado viernes cuando presentaron este recurso ante el Alto Tribunal andaluz, por lo que partir de ahora se dará traslado a las demás partes personadas en este procedimiento tanto del recurso del Ministerio Público como del presentado la pasada semana por la familia de la joven sevillana, todo ello al objeto de que se pronuncien sobre los mismos si así lo estiman conveniente. 

Al hilo de ello, las mismas fuentes han precisado que, en este caso concreto, "no ha quedado claro" si la intención final de los acusados era violar o acabar con la vida de la joven, recordando en este punto el acuerdo del Tribunal Supremo según el cual, "cuando existieren dudas acerca de cuál es el objetivo principal perseguido por el autor de los hechos objeto de las actuaciones y uno de ellos, al menos, constituya delito de los atribuidos al Tribunal del Jurado, la competencia se determinará de acuerdo con la que corresponda al delito más gravemente penado de entre los imputados". 

De este modo, han explicado que, "como en este caso concreto no está claro cuál el fin último" de los acusados y existen por tanto "dudas", debe tenerse en cuenta el delito más grave, que sería el asesinato, delito que es competencia del jurado, todo ello en contra de la opinión del magistrado del caso, Javier González, quien en un auto dictado el pasado mes de agosto consideraba que las calificaciones de las partes "no suscitan ninguna duda acerca de cuál era el objetivo principal de los autores de los hechos", como es la agresión sexual. 

De este modo, la Fiscalía se suma al recurso interpuesto por la familia de Marta del Castillo Casanueva, quien, en un escrito de once folios presentado la pasada semana, solicita que el caso sea enjuiciado por un jurado popular y no por un tribunal profesional, pues así además "se evitarán nuevas incidencias y sobresaltos, esta vez procesales", en la presente causa.

En el recurso, el letrado de la familia se opone así a la decisión adoptada por el magistrado designado para presidir el juicio con jurado, Javier González, ya que además entiende que la decisión de éste "carece de cobertura o amparo en todo caso, pues debería haberse dado traslado a las partes y al Ministerio Fiscal" y, sin embargo, el magistrado "no ha conocido su criterio, ni lo ha podido tomar en consideración, sobre si existe cauce procesal para el dictado de esta resolución". 

Aunque reconoce "el encomiable" objetivo del auto impugnado "de agilizar la tramitación de la presente causa y de evitar dilaciones de la misma, lo que es especialmente de agradecer a quienes solo pueden ya encontrar consuelo a su dolor poniendo su confianza en la Administración de Justicia", se refiere al acuerdo del Tribunal Supremo referido también por el Ministerio Público.

Agresión sexual y asesinato

En esta línea, el abogado de la familia de Marta del Castillo dice que, "a partir de una lectura íntegra y más pausada de los escritos de acusación formulados por esta parte y por el Ministerio Fiscal, puede apreciarse un comportamiento criminal del acusado principal, excepcionalmente violento, que se desarrolla en un solo acto, lo que hace que resulte muy artificiosa la diferenciación y prelación de propósitos, que la resolución atribuye a las acusaciones y sobre la que se asienta su pronunciamiento final", ya que el magistrado entiende que el objetivo final era la agresión sexual. 

De este modo, apunta que las acusaciones "relatan una actuación criminal que surge y se desarrolla de forma súbdita e inopinada, de una manera que podría denominarse gráficamente como explosiva", agregando que, "conforme al exhaustivo trabajo policial y judicial desarrollado en la fase de instrucción, no se han determinado datos que permitan realizar una prelación de objetivos en la actuación criminal", por lo que "no es posible conocer si la idea de acabar con la vida de la víctima estaba ya presente o no en el momento en que comenzó la brutal agresión física inicial o si surge antes, en el momento o después de perpetrar los ataques a la libertad sexual subsiguientes".

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios