Andalucía

El Supremo rebaja la pena a dos violadores

  • El Tribunal les exime de las lesiones, ya que retuvieron a la víctima "lo necesario" para cometer el delito

El Tribunal Supremo ha rebajado en cuatro años de prisión la pena de 18 años y seis meses de prisión impuesta a dos hombres que, en octubre de 2004, abordaron a una joven que regresaba a casa desde el recinto ferial de Albox (Almería), la obligaron a subirse a un turismo y la llevaron hasta un descampado, donde la violaron en repetidas ocasiones. El Tribunal considera que no procede condenarles por lesiones, ya que las heridas sufridas por la víctima "no exceden de las naturales secuelas que conllevan esas conductas criminales".

La sentencia revoca la pena de cuatro de años por un delito de detención ilegal ya que, según sostiene el tribunal, "la mecánica comisiva" de la agresión sexual "requería de modo natural el apartamiento a una zona menos transitada, aunque sólo fuera para asegurar la impunidad evitando la presencia de testigos".

El Supremo fija así sendas penas de 14 años y seis meses de cárcel para M.A.A.V. y J.C.Z.V al aplicar concurso medial entre el delito de agresión sexual y el delito de detención ilegal ya que, según subraya, retuvieron a la joven "como medio necesario" para cometer la violación y por el "escaso tiempo requerido" para que ésta se consumara sin que nadie "hubiese podido intervenir al auxilio de la víctima o avisar a los agentes" de la autoridad por estar "apartado" el descampado de la zona urbana de viviendas.

La víctima sufrió múltiples erosiones y una importante crisis de ansiedad. Tardó en curarse 90 días y tiene como secuela un trastorno por estrés postraumático, pese a lo cual el Alto Tribunal sostiene que el delito de lesiones "debe quedar integrado en el de agresión sexual porque las mencionadas consecuencias no exceden de las naturales que conllevan estas conductas criminales".

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