La sentencia del 'caso PTA'

Un e-mail y multitud de indicios condenan a la cárcel a Pilar Sánchez

  • La Audiencia Provincial la castiga con cuatro años y medio, que se suman a los dos que ya recibió por el 'caso desvío de fondos'. Un correo electrónico que vincula a la política y a la empresa TISA, prueba clave.

La ex alcaldesa de Jerez Pilar Sánchez acumula ya seis años y medio de prisión después de que la Audiencia Provincial le condenara ayer a cuatro años y seis meses de privación de libertad por el ‘caso PTA’, que se suman a los dos años con que se le castigó por el desvío de fondos del Plan E. En caso de que ambas sentencias (susceptibles de ser recurridas) se erijan en firmes, la socialista deberá cumplir en prisión el plazo señalado.

 

La Audiencia Provincial dio a conocer ayer la sentencia por el ‘caso PTA’, en el cual se juzgó a la ex alcaldesa de Jerez Pilar Sánchez y a otras seis personas por el trato de favor dispensado a la empresa médica TISA para que se asentara en el referido parque tecnológico y accediera a las máximas ayudas. El entramado dispuesto para que TISA disfrutara de ese beneficio fue analizado y juzgado. Finalmente, el caso se salda con tres sentencias condenatorias (las políticas Pilar Sánchez y Carmen Martínez así como el capataz Salvador Rubio) y la absolución de los tres socios de TISA así como del ex teniente de alcaldía socialista Francisco Lebrero.

 

La Sección Octava de la Audiencia Provincial ha condenado a la ex alcaldesa a cuatro años y medio de prisión como autora penalmente responsable de un delito de falsedad en documento oficial cometido por particular, con la agravante de aprovecharse de su carácter público, de un delito de prevaricación y otro de malversación de caudales públicos. Además se le impone una condena de 8 años de inhabilitación absoluta. La ex alcaldesa del PSOE ha sido absuelta sin embargo de los cargos que pesaban contra ella por un delito de fraude a la Administración.

 

Junto a Pilar Sánchez también ha resultado condenada quien fuera su teniente de alcaldesa María del Carmen Martínez.

Lo ha sido por un delito de falsedad en documento oficial cometido por particular por el que deberá ingresar en prisión por un periodo de dos años, seis meses y 15 días y pagar una multa de 1.890 euros. Estará inhabilitada durante el periodo de condena. La Audiencia considera que se aprovechó de su cargo público para delinquir. Igualmente se le considera culpable de un delito de prevaricación y  coautora por cooperación en un delito de malversación de caudales públicos. Al igual que quien fuera su responsable política, también es absuelta del delito de fraude a la Administración.

 

El tercer condenado es el capataz del PTA, Salvador Rubio Menacho, al que se considera autor de un delito de falsedad en documento oficial cometido por particular. Es condenado a la pena de un año y nueve meses de prisión y a una multa de 810 euros. Como se recordará, fue él quien firmó pese a su escasa formación el informe que daba acceso a TISA a la máxima subvención.

 

En todo el proceso juega un papel esencial el correo que el empresario de TISA José Cordero le remite a la ex alcaldesa a través de la dirección de e-mail de su gabinete. El marido aseguró que se trataba -explicación rocambolesca donde la haya- “de unas gestiones correspondientes a la compra de unas pastillas de freno realizadas por él “como particular”. Que usara un correo  municipal para esas actividades personales ya es reprobable pero lo que más llama la atención al ponente de la sentencia, el magistrado Rafael Lopez, es que dicho correo “no es lógico que aparezca archivado en la carpeta Rural/PTA”. Más grave resulta aún, como se expone en la sentencia, que el marido de la alcaldesa (un ex policía local de la ciudad que fue su escolta) llegara a señalar en el juicio que no “conocía al señor Parra ni a la empresa TISA”. El testimonio -resulta evidente- quedó seriamente desvirtuado.

 

El testigo clave, Jesús Parra, el técnico que se negó a falsear informes a favor de TISA, fue analizado por la Audiencia Provincial y obtuvo la máxima credibilidad. “Las explicaciones dadas por el señor Parra -se destaca en el escrito legal- nos parecen coherentes y creíbles”.  Otro punto donde los argumentos de Pilar Sánchez se derrumban es en la presunta agenda de Alcaldía, la cual fue fotocopiada y llevada ante notario con la intención de demostrar que Jesús Parra jamás pasó por Alcaldía. “El señor notario, señala el ponente, destacó que la totalidad de las notas y caracteres existentes en las mismas están escritos a lápiz. No nos convencen las alegaciones de la defensa de la señora Sánchez que sostiene que lo que no aparece en la agenda no existió, pues es evidente que resulta poco fiable un sistema de control que depende de la voluntad del controlado”.

 

Para la Sección Octava de la Audiencia Provincial está absolutamente claro que se hizo todo lo posible, legal e ilegalmente, porque TISA resultara beneficiada en detrimento de otras muchas empresas a las que no se ofreció subvención alguna. En sus exposiciones, la sentencia señala que “puesto que el documento redactado por el señor Parra no era suficiente para conceder la subvención del 40% del precio de la parcela, una o más personas no identificadas, con conocimiento de doña Pilar Sánchez, procedieron a realizar a realizar modificaciones en el mismo” para obtener el objetivo perseguido: darle a la compañía una subvención máxima.

 

“Puesto que el señor Parra no estaba dispuesto a reconocer los 14 puntos (máxima puntuación), las señoras Sánchez y Martínez decidieron que ese documento tenía que firmarlo otro empleado municipal”. La secretaria de Carmen Martínez localizó a Salvador Rubio y le dijo que se desplazase urgentemente a la Alcaldía porque Martínez le estaba esperando allí. Rubio acudió sin saber el motivo por el que le llamaban y Carmen Martínez le dijo que tenía que firmar un informe ya que no localizaban a Parra y era urgente. “Lo ha visto Parra y todo está correcto”, le dijo Martínez al capataz y éste firmó, dando -así lo reconoció en el juicio- “uno de los peores pasos de mi vida”. En ese momento, sostiene la sentencia, Carmen Martínez sabía sobradamente que el informe había sido alterado sobre el borrador realizado por Jesús Parra para concederle 14 puntos a TISA.

 

La particular forma en la que Pilar Sánchez acometía sus labores de gobierno le llevó el 25 de enero de 2008 a firmar una resolución en la que se daba una ayuda del 40% sobre el precio del suelo a la referida compañía. “La resolución la firmó doña Pilar Sánchez sabiendo que a los restantes adjudicatarios del parque no se les había otorgado ninguna subvención y había pagado el precio acordado por Emusujesa” (empresa municipal del suelo de Jerez). Para los magistrados, “la señora Sánchez actuó dolosamente pues su interés era obtener los 14 puntos de valoración que el técnico competente no había concedido y para ello no le importó hacer que un empleado municipal tuviese que firmar el documento manipulado”.

 

La vinculación directa de Pilar Sánchez en la orquestación de este engaño para beneficiar a TISA se basa en indicios. El propio tribunal sostiene que “de esa intervención de la señora Sánchez en los hechos no contamos con prueba directa pero sí con indicios que nos llevan a esa conclusión”. Así, en la sentencia se apunta que Carmen Martínez dijo que ella actuó “porque se lo dijeron oras personas a las que no identificó. Llevaba pocos meses en el cargo y su profesión era de peluquera, datos que hacen creíble su manifestación. Además carecía de la competencia administrativa para resolver sobre la ayuda”. Abunda el escrito señalando que “si la señora Martínez hubiese actuado por sí sola no habría podido conseguir que la ayuda se otorgarse”. Igualmente se recuerda que el informe realizado por Parra (más favorable a TISA pero sin subir de 9 puntos) fue enviado tras órdenes recibidas al marido de la ex alcaldesa junto a otro técnico.

 

Respecto al concejal Lebrero, la sentencia destaca que “no consta que interviniese directamente en la concesión de la ayuda a TISA (...). Es cierto que era el vicepresidente de Promoción de la Ciudad pero no hemos apreciado que existiese prueba suficiente para relacionarlo con la falsificación del informe técnico de valoración que firmó el señor Rubio y tampoco se ha probado que se concertase con la señora Martínez o con la señora Sánchez para llevar a cabo las acciones por las que consideramos que esas señoras cometieron un delito”.

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