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Andalucía

Bolaños no ve motivos para que el PP la recuse pero lo envía al CGPJ

  • La magistrada remite al máximo órgano de gobierno de los jueces todas las grabaciones

La juez María Núñez Bolaños no ve motivos para la "recusación administrativa" que le ha planteado el PP, pero aun así ha decidido remitirla al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) en "aras a la mayor imparcialidad y transparencia", según expone la magistrada en una providencia del 23 de septiembre.

En esta resolución, la instructora tiene por "presentado y unido al procedimiento" de los cursos de formación el recurso de revisión y de recusación que planteó la acusación popular que ejerce el PP el pasado 15 de septiembre, y acuerda además remitirlo junto a todos los antecedes al CGPJ para que "resuelva lo procedente, dejando mientras tanto en suspenso la tramitación del recurso de revisión, todo ello como lógico y razonable en derecho".

La juez argumenta que toma esta decisión de enviar este incidente procesal al máximo órgano de gobierno de los jueces "en aras a la mayor imparcialidad y transparencia de quien suscribe y, teniendo en consideración, la doble petición que realiza la parte procesal, dadas las especiales circunstancias concurrentes, derivadas de que esa parte ha dirigido quejas contra la titular judicial ante dicho órgano de gobierno del Pode Judicial".

La magistrada opina que el PP "invoca preceptos y procedimientos administrativos para sustanciar y resolver su petición de recusación, considerando salvo superior entender que, en contra de lo expuesto por la parte procesal, pudiera entenderse que la petición de la parte no puede sustraerse al ámbito procesal y, por tanto, la posible recusación de la juez titular debiera acogerse y sustanciarse conforme al régimen y regulación de la ley orgánica y procesal, de modo que pudiera ser objeto de examen previo de admisibilidad y temporalidad en sede y procedimiento judicial".

Por ello, entiende que la recusación sería "susceptible de resolución y competencia, en todo caso, de la Audiencia Provincial", de acuerdo con los artículos 223 y siguientes de la ley orgánica del Poder Judicial, que regula las causas de abstención y recusación de los jueces.

Por último, Bolaños explica en la providencia que, con respecto a la posible abstención, el Consejo cuenta con el informe remitido recientemente como alegación a una de las tres quejas presentadas por el PP y que han dado lugar a la apertura de unas diligencias informativas.

La juez precisa que junto a ese informe adjuntó una copia audiovisual de "todas y cada una de las grabaciones realizadas" en estas diligencias, y que constituyen la base de la reclamación de los populares, que entienden que el juzgado les entregó unas grabaciones "incompletas".

La providencia de Bolaños se produce unos días después de que jueces y fiscales destinados en Sevilla consideraran que el recurso de revisión y la recusación del PP en relación con la entrega de las grabaciones de las declaraciones de los testigos en la causa de los cursos de formación "carece de fundamento" y no tendrá ninguna repercusión, al tiempo que entienden que puede tratarse de un "recurso trampa" en el que se insinúa que la magistrada ha podido incurrir en un "acto prevaricador".

Varios jueces, magistrados y fiscales consultados por este periódico destacaron en su día que del recurso de la acusación popular puede desprenderse que el PP está intentando llevarse las actuaciones al campo administrativo, alegando que está dictando resoluciones "sin ser competente" para ello y usurpando funciones de la letrada de la administración de Justicia -los antiguos secretarios judiciales-, que sería la que debía haber dado testimonio del estado de las grabaciones.

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