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El Supremo ratifica la sentencia que acusa a un irlandés de la muerte de su mujer en Marbella
El Supremo ratifica la sentencia que acusa a un irlandés de la muerte de su mujer en Marbella
La defensa del acusado presentó un recurso de casación contra el fallo del TSJA y la Audiencia
Ep / Málaga | Actualizado 18.11.2009 - 01:00El Tribunal Supremo ratifica la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y de la Audiencia de Málaga, por la que condenó a un irlandés a dos años de cárcel por un delito de homicidio imprudente por la muerte de su mujer, que cayó del balcón de un hotel tras una discusión con el procesado.
La defensa del acusado presentó un recurso de casación contra dicha sentencia, alegando vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, al cuestionar la existencia de suficiente motivación de la sentencia del alto Tribunal andaluz, en la que se desestimaron los argumentos presentados por la representación del procesado, quien sostuvo en el juicio que fue un accidente.
Los hechos sucedieron el 11 de febrero de 2000, el mismo día en que la pareja llegó a Marbella con su hijo de tres años de edad. La discusión, que se inició en la habitación, degeneró en pelea en la terraza y, en un momento dado, el hombre ejerció una acción de fuerza sobre la víctima que dio lugar "por la inercia" a que cayera por el borde de la barandilla, deslizándose y rebasándolo. El marido intentó ayudarla. Ahora, el Supremo considera que procede la inadmisión del motivo alegado porque "no existe defecto de motivación como tampoco vulneración del derecho a la presunción de inocencia ni vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva", ya que "se explican las razones" que dieron lugar a la condena.
Se señala, además, que el TSJA "no se plantea duda sobre cuáles fueron las razones por las que el jurado lo encontró culpable" y recuerda que en el veredicto se alude a "numerosas pruebas de cargo".
La defensa del acusado presentó un recurso de casación contra dicha sentencia, alegando vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva, al cuestionar la existencia de suficiente motivación de la sentencia del alto Tribunal andaluz, en la que se desestimaron los argumentos presentados por la representación del procesado, quien sostuvo en el juicio que fue un accidente.
Los hechos sucedieron el 11 de febrero de 2000, el mismo día en que la pareja llegó a Marbella con su hijo de tres años de edad. La discusión, que se inició en la habitación, degeneró en pelea en la terraza y, en un momento dado, el hombre ejerció una acción de fuerza sobre la víctima que dio lugar "por la inercia" a que cayera por el borde de la barandilla, deslizándose y rebasándolo. El marido intentó ayudarla. Ahora, el Supremo considera que procede la inadmisión del motivo alegado porque "no existe defecto de motivación como tampoco vulneración del derecho a la presunción de inocencia ni vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva", ya que "se explican las razones" que dieron lugar a la condena.
Se señala, además, que el TSJA "no se plantea duda sobre cuáles fueron las razones por las que el jurado lo encontró culpable" y recuerda que en el veredicto se alude a "numerosas pruebas de cargo".
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