la tribuna

El Estado Social Autonómico

Ángel Rodríguez | Actualizado 20.05.2012 - 01:00
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SI usted se matriculara en un curso universitario de Derecho Constitucional, muy probablemente estudiaría en temas distintos el Estado Social y el Estado Autonómico. Tiene su lógica: el Estado Social es el resultado de llevar a las constituciones un modelo económico en el que el Estado es el encargado de redistribuir la riqueza creada por el mercado, paliando así las desigualdades que el mercado genera y estableciendo las normas a las debe someterse. Y el Estado Autonómico, un modelo de distribución territorial del poder político, muy cercano (aunque no idéntico) al federalismo.

Son, pues, soluciones constitucionales a problemas diferentes: el primero, al de cuál debe ser el papel del Estado en la satisfacción de las necesidades básicas de los ciudadanos, y el segundo al de cuál debe ser su grado de descentralización. Las combinaciones entre ambas fórmulas pueden variar, y, de hecho, existen tanto estados constitucionales fuertemente centralizados y con elevadas prestaciones sociales como, al contrario, estados muy descentralizados donde las necesidades básicas de los ciudadanos no son atendidas de manera sistemática y directa por las autoridades públicas. Ello es así porque las particularidades que los modelos de organización constitucional presentan en cada país son, como es lógico, fruto de sus propias circunstancias.

Precisamente por ello, para comprender cabalmente cuál es la relación en nuestro modelo constitucional entre el Estado Social y la descentralización territorial hay que necesariamente mirar a nuestra historia. En 1978, cuando se aprobó la Constitución, las únicas políticas sociales que gozaban de cierta consolidación eran las incluidas en el sistema de Seguridad Social, resultado de la fusión entre las viejas organizaciones del mutualismo obrero del siglo XIX y los institutos de reformas sociales que crearon muchos estados desde principios del XX. Comprendían tan sólo los seguros de enfermedad y paro forzoso y pensiones como las de invalidez y viudedad. Pero prestaciones que hoy consideramos esenciales, como la atención sanitaria universal y la educación básica pública, gratuita y obligatoria nacen, al igual que las comunidades autónomas, con la Constitución. Por eso, aquellas prestaciones siguen siendo hoy estatales y éstas son, por el contrario, autonómicas. Pero no se trata de competencias que el Estado preconstitucional transfiriera a las comunidades. Se trata, más bien, de competencias que el Estado hasta entonces había desatendido y que éstas asumieron como un cometido natural. En España, el Estado Social tal como lo entendemos hoy no ha existido nunca al margen de las comunidades autónomas. Las prestaciones que le son propias forman parte, desde su inicio, del ADN de nuestro modelo de descentralización territorial.

Esta realidad, que hoy resulta incontrovertible, ha estado sin embargo oscurecida por las mismas circunstancias históricas que la hicieron posible. Cuando se inició la transición, las reivindicaciones de un mayor bienestar social se mezclaron con otras aún más básicas, las exigencias de democracia, libertad y amnistía para los presos políticos. Y cuando a esos gritos se unió el de autonomía, muchos, también en Andalucía, creyeron que el único modo de conseguirla era emular las reivindicaciones nacionalistas que resurgían en otros territorios. La estrategia fue, sin duda, exitosa, pero, por esa misma razón, hizo que muchas de las críticas que se hacían a los nacionalismos se extendieran también al Estado de las autonomías.

La situación actual de crisis económica proporciona una excelente oportunidad para darle a nuestro modelo de organización territorial un fundamento más acorde con la configuración que ha acabado teniendo, desprendiéndose de las adherencias identitarias que en su momento sirvieron para construirlo, pero que hoy suponen un lastre que, éste sí, puede poner en cuestión todo el sistema. Desprenderse de ese equipaje originario, o al menos mantenerlo sólo en la justa medida en la que todo colectivo necesita tener sus propias señas para identificarse como tal, es, probablemente, la única manera de darle completa visibilidad a la verdadera naturaleza del Estado Autonómico. Éste es a la vez, y con la misma intensidad, una fórmula de organización territorial y el modo en el cual se ha instaurado el Estado Social en nuestro país. Hoy en día, cuando hablamos de comunidades autónomas, es del Estado Social de lo que estamos hablando.

Más de treinta años de autonomías han puesto de relieve que éstas tienen más que ver con las prestaciones sociales básicas que caracterizan al Estado Social que con banderías más o menos artificiales, por mucho que se haya generalizado la tendencia a justificar aquéllas arropándose en éstas. Es verdad que hace mucho tiempo pedimos café para todos, pero, si acaso hubo entonces alguna duda, hoy ya sabemos que lo que estaba en juego -y de nuevo parece estarlo- no era el café, sino escuelas y hospitales.
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