La tribuna

Francisco San Martín Olea

Competencia profesional y defensa corporativa

A mediados del pasado mes de agosto, dentro de las medidas anunciadas por el Consejo de Ministros de fecha 14 de agosto para dinamizar la economía española, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda, se encuentra la reforma del marco normativo de los Servicios Profesionales y la modernización de los Colegios Profesionales, con objeto de "eliminar las restricciones a la competencia que no respondan a la defensa del interés general". Antes del 31 de diciembre de 2008 el citado ministerio deberá elevar un Anteproyecto de Ley de Servicios Profesionales a la Comisión Delegada del Gobierno para Asuntos Económicos.

Como consecuencia de esta iniciativa la Comisión Nacional de la Competencia (CNC) ha emitido un informe, conocido hace unos días, en el ejercicio de las competencias consultivas que le atribuye la Ley 15/2007 de 3 de julio de Defensa de la Competencia. Este órgano ha venido a sustituir al extinto Tribunal de Defensa de la Competencia, el cual en 1992 emitió el informe que dio lugar a las reformas acometidas en la legislación de Colegios Profesionales a partir de 1996. La Comisión está presidida por Luis Berenguer Fuster y el perfil profesional de sus consejeros es de expertos en Economía y en Derecho, y están ligados a actividades docentes o de investigación, dependientes del Estado.

Es necesario apuntar que las reformas que se han venido produciendo en los Colegios Profesionales son consecuencia de aquel informe, y de la necesaria adaptación a la evolución de la sociedad española en el contexto europeo. En el caso de los Colegios de Arquitectos su estatuto genera fue aprobado por Real Decreto 327/2002 de 5 de abril del Ministerio de Fomento. Anteriormente nos habíamos adaptado a las medidas de liberalización de Colegio Profesionales de 1997.

La cuestión tiene su reflejo en la nota de prensa de 15/09/2008 que aparece en la web de la CNC, y que puede sintetizarse en las siguientes recomendaciones:

a) La reforma de los Servicios Profesionales debe incluir una nueva regulación de los Colegios Profesionales, incluyendo la regulación del acceso al ejercicio profesional.

b) Es necesario romper con la unión automática de una profesión y un título.

c) Es preciso quebrar la asociación automática de profesión titulada con Colegio.

d) Redefinir la función de los Colegio Profesionales, adoptando un enfoque desde el punto de vista de los consumidores.

e) Es preciso que la Administración tenga un mayor papel en la ordenación de una profesión, pudiendo intervenir de oficio en la modificación de sus estatutos.

f) Revisar la posibilidad de establecer baremos orientativos de honorarios, así como la obligación y el coste del visado colegial.

No es mi intención entrar en profundidad en el análisis y consecuencias de estas recomendaciones, dada la extensión de este artículo de opinión, pero quiero apuntar algunas ideas, pues sin duda en los próximos meses el asunto dará que hablar y sin duda escribir.

Desde que entramos en la UE en 1986 al menos algunos de nosotros pensamos que España adquiriría las regulaciones necesarias para desarrollar las bases socioeconómicas de un país moderno. Esta cuestión afectaba a los Servicios Profesionales, pero también a la organización de las Administraciones Públicas, pues era necesario eliminar los modelos de organización que se habían convertido en reductos del más rancio corporativismo, aproximando al ciudadano los servicios y garantizándole el mejor servicio.

Hoy aún se puede comprobar que estos malos hábitos se mantienen, incluso en órganos en los que los ciudadanos hemos confiado el ejercicio de la Justicia y donde resulta difícil entender ciertas decisiones que no estén impregnadas de escasa objetividad.

Según los expertos economistas neoliberales "debe ser el sagrado mercado el que establezca el justo precio de los profesionales liberales", pero se olvidan de que la ineficacia de la Administración Pública, donde cualquier tramitación administrativa se hace eterna, constituye hoy por hoy la mayor rémora para dinamizar nuestra economía. Lo que incide claramente en los precios no son los profesionales sino los tiempos que se necesitan para conseguir las autorizaciones.

En el caso de los Colegios de Arquitectos siempre pensé que no quedaba claro cuándo éramos colaboradores de la Administración y cuándo asociación profesional que defiende a sus asociados (colegiados). Indudablemente se han cometido errores históricos cuando hemos pensado más en nuestros clientes y menos en los usuarios que habitan los edificios que proyectamos. Pero también constituimos corporaciones de derecho público que colaboramos con la Administración.

Y en este sentido somos la única organización que fomentamos la cultura urbana con la difusión de la mejor arquitectura, mantenemos un archivo de planeamiento urbanístico de la provincia actualizado, atendemos los requerimientos judiciales de los proyectos que constan en el Colegio, facilitamos datos estadísticos que se utilizan de manera general para aproximarse a la evolución del sector inmobiliario en la economía y emitimos informes técnicos a instancias de ciudadanos como consecuencia de actuaciones de la Administración.

Pero no resulta tan sorprendente que en aras del interés general la CNC pretenda intervenir en la organización de los Colegios Profesionales, último vestigio de la sociedad civil que aún procura mantener su independencia respecto al poder político. Estamos dispuestos a profundizar en nuestras adaptación a los nuevos tiempos, aumentar nuestro compromiso social, pero defenderemos con honor y dignidad que una sociedad moderna no puede basarse en mantener la opinión única.

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