Provincia

El dueño de la casa derruida tendrá que pagar el IBI de los últimos cuatro años

  • El afectado por el derribo tendrá que hacer frente al impuesto a pesar de que la vivienda sea dada de baja en el Catastro

Antonio Ramos, el maestro jubilado de 68 años cuya vivienda fue derruida el pasado 7 de octubre, tendrá que abonar el IBI de los últimos cuatro años -y lo que va del presente- por esta propiedad. A esta obligación tiene que sumar el abono por otra construcción más también en situación ilegal. El afectado explicó a este periódico que recientemente recibió una notificación del Ministerio de Hacienda en la que se le informaba de que los dos inmuebles habían sido objeto de un procedimiento de regulación catastral. Esta medida coincide con la actualización del Catastro llevada a cabo en los últimos meses tras la inspección de viviendas ejecutada por la Sociedad Estatal de Gestión Inmobiliaria de Patrimonio (Segipsa). Hasta ese momento, Antonio sólo había pagado impuestos por la parcela, pero no por las construcciones.

Aunque sus viviendas figuraban en el Catastro desde 2004, la carta aclara que los tributos anteriores a 2010 habían prescrito. Con tal de no seguir pagando IBI en lo sucesivo por un inmueble ya demolido, Antonio se dirigió entonces a la oficina del Catastro para notificar que una de las dos viviendas ya no existía. Allí le informaron de que tenía que realizar la modificación en el edificio de Hacienda de la capital. Según explicó, la funcionaria del Catastro que le atendió dijo que aunque diese de baja la propiedad derruida, tendría que abonar el IBI de los últimos cuatro años más el presente.

Para dar de baja la casa le exigieron un certificado de demolición, que solicitó al Ayuntamiento. Sin embargo, al no estar oficialmente terminada el derribo, el mencionado certificado no puede ser expedido. Antonio acumula una deuda en multas de 24.000 euros, a lo que habrá que sumarle las costas de la demolición y el pago del citado IBI.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios