Tribunales

Condenan a indemnizar con 33.300 euros a una mujer por perjuicios tras un tratamiento odontológico

  • Según el Defensor del Paciente, "no se informó a la paciente de la real complejidad y riesgos que entrañaba la intervención a la que se sometía la mujer.

El Juzgado de Primera Instancia número 1 de Fuengirola ha dictado sentencia en la que se condena a una clínica a indemnizar a una paciente con 33.307 euros por los daños y perjuicios causados a raíz de un tratamiento odontológico, según la asociación El Defensor del Paciente.

La paciente afectada acudió a una clínica dental de Fuengirola el 25 de octubre de 2012 al tener dolor en dos de sus piezas dentales, recomendándosele la endodoncia de una pieza, así como la extracción de otra, según relata el colectivo.

Para evitar una mala estética bucodental, al faltarle una pieza, la paciente, aconsejada por dicha clínica, decide someterse al procedimiento de colocación de implante fijo en maxilar superior, señala el colectivo.

Sin embargo, según se precisa desde El Defensor del Paciente, "no se informó a la paciente de la real complejidad y riesgos que entrañaba la intervención a la que vendría a someterse, que implicaba la elevación del seno maxilar con la ayuda de injerto óseo de tipo fosfato tricálcico".

Desde el día siguiente a la intervención, la paciente presentaba mucho dolor e infección. Ello provocó que en febrero tuvieran que intervenirla para la retirada de implante y el injerto de hueso, "constatándose sinusitis malar derecha".

Ante la falta de solución se vio obligada a acudir al servicio de urgencias de un hospital, donde fue "inmediatamente ingresada" y finalmente intervenida bajo anestesia general para la retirada de restos de injerto óseo. La paciente ha estado de baja y ha sufrido "tremendos perjuicios" por el estado de su boca, molestias continuas, han precisado desde la asociación.

Ante esto, la mujer presentó reclamación extrajudicial y posteriormente judicial a través de El Defensor del Paciente y la sentencia dictada ahora, sobre la que por el momento no consta recurso, estima parcialmente lo solicitado.

La sentencia reconoce que "se ejecutó de manera deficiente, tanto a la hora de la colocación del implante como a la ahora de su retirada" y que "se omitió el consentimiento informado de la paciente o se le informó defectuosamente, o de modo incompleto y/o extemporáneamente", además de que "se faltó a la lex artis y se causaron daños" a la demandante. Se añade que faltó su historia clínica.

En la resolución, se establecen las secuelas de parestesia parcial en territorio del nervio infraorbitario y disestesia sinusal en territorio distal al nervio trigémino, así como se reconoce el pago de los días impeditivos, devolución del gasto por tratamiento odontológico defectuoso y de las facturas de gastos farmacéuticos.

El responsable de los servicios jurídicos de El Defensor del Paciente en Málaga, el letrado Damián Vázquez, ha mostrado su satisfacción por el resultado de dicha demanda, al acreditarse "el error médico o negligencia cometida en el tratamiento odontológico efectuada en dicha clínica".

Desde el colectivo han llamado la atención de que "el consentimiento informado para las intervenciones ni siquiera recogían la elevación del seno maxilar y que además dicho consentimiento le fue entregado el mismo día del tratamiento por una enfermera y no por el médico, con unas carencias muy importantes en el historial médico".  

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios