Sociedad

Declaran apto a un aspirante a Guardia Civil excluido por tener el colesterol alto

  • El Supremo reconoce el derecho del candidato a ingresar en la Escala de Cabos y Guardias pese a tener el nivel superior a los 220 mg/dl fijados en las bases de la convocatoria.

El Supremo ha declarado apto para el servicio a un aspirante a guardia civil en la Escala de Cabos y Guardias del Cuerpo que fue excluido del proceso selectivo por tener un nivel de colesterol en sangre de 276 mg/dl, muy superior a los 220 mg/dl fijados en las bases de la convocatoria. 

El perito recogió en su informe que siete días más tarde del primer examen, en un segundo reconocimiento, las cifras de colesterol del recurrente habían bajado a 207/mg/dl y los triglicéridos eran de 63mg/dl. 

En las dos analíticas, según el citado informe, el único índice que se utilizó como predictor de aparición de una posible arteriosclerosis y enfermedad vascular fue el del nivel de colesterol plasmático. 

Tras valorar la pericial, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) concluyó que el tribunal calificador no había incumplido las bases de la convocatoria y confirmó su resolución declarando no apto al recurrente. 

Aquella sentencia reconoció que el método usado para medir el colesterol podía calificarse como desfasado, pero añadió que es el que regía legalmente para la convocatoria. 

Sin embargo, la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Supremo ha decidido anular aquella sentencia porque, a su juicio, hacía una interpretación demasiado estricta de las bases de la convocatoria. 

Si se aceptara el criterio del TSJM el resultado de cualquier medición de niveles orgánicos en un determinado momento no podría ser contradicha a pesar de tratarse de una indicación temporal, dice el Supremo. 

La sentencia del Supremo considera que el hecho de que el tribunal calificador haya de tener en cuenta el resultado de la prueba no impide que, tratándose de una enfermedad excluyente del acceso a la función pública, ese resultado pueda ser impugnado y en su caso desvirtuado a través de una nueva prueba correspondiente. 

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