Las consecuencias de la crisis

Órdago a la temporalidad

  • CEOE y sindicatos sugieren fijar en los convenios el cupo de contratos temporales · Se retoca, sin grandes cambios, la cláusula de descuelgue · Los mecanismos de la negociación se quieren revisar antes de agosto

Si uno de ciñe a los titulares de hoy, la conclusión es que los agentes sociales, al fin, se han ceñido al rigor de los tiempos que corren en un alarde de audacia y responsabilidad. Si, al contrario, movido por el afán de contraste, se descarga las 24 páginas del documento donde se detallan -sin detalle- los entresijos del acuerdo 2010-2012 sobre la negociación colectiva, torcerá el gesto decepcionado.

CEOE, Cepyme, CCOO y UGT no se comprometen a reformar los mecanismos de la negociación colectiva sino a abordar el debate en un plazo máximo de medio año. Nada se estipula en el caso de que la cosa se atasque. Tampoco se menciona a dónde quieren llegar las partes, aunque, en distintos foros, algunos -Fernández Toxo, básicamente- hayan dado pistas que exigen una descripción previa. La negociación se bifurca en dos tipos: sectorial y de empresa. La primera contempla, a su vez, la firma de convenios nacionales (que suponen el 1,8% del total de los firmados y engloban al 28% de los trabajadores), autonómicos (donde la correspondencia es 1,6%-6,7%) y provinciales (19,4%-54,6%). Los de empresa representan el 76,9% de los rubricados pero sólo absorben al 10,6% de los trabajadores. Pues bien, Toxo quiere reducir drásticamente el esquema para dejarlo en dos tipos: convenios nacionales y de empresa (paradójicamente, esta iniciativa restaría mucho protagonismo a los sindicatos). El resto hay que adivinarlo.

Llama también la atención el último párrafo del acuerdo. "Estos compromisos se entienden sin perjuicio de la facultad del Gobierno de abrir una negociación tripartita sobre éstas y otras materias y la posición de cada parte en las mismas, a excepción de la reforma de la negociación colectiva, respecto a la cual las partes reafirman su carácter de negociación bipartita". Error de bulto. O confusión malintencionada. Nadie discute que los pactos los cierren quienes deben -los agentes sociales-, pero la formulación, la regulación de la negociación aparece en el Título III del Estatuto de los Trabajadores, y ahí entran en juego los poderes ejecutivo y sobre todo legislativo.

Fumata blanca, texto ambiguo y paz en la negociación colectiva hasta el 31 de diciembre de 2012. CEOE, Cepyme, UGT y CCOO cerraron la noche del lunes un preacuerdo rubricado ayer por todas las partes con el que muere parcialmente el desencuentro entre los agentes sociales en este crucial ámbito laboral -2009 fue el primer año en blanco desde aquel pacto iniciático de 2002-.

Las sugerencias salariales ya se conocían: incrementos de hasta el 1% en 2010, de entre el 1% y el 2% en 2011 y de entre el 1,5% y el 2,5% en 2012. Por vez primera, se rebaja el listón del 2% automáticamente incluido como referencia de inflación. Pero otras cuestiones sí se retocan, en especial, la guerra declarada a la temporalidad, excesiva en España en comparación con el entorno europeo y presa fácil del paro cuando la crisis aprieta. Sindicatos y patronal apuestan por "analizar (...) la conveniencia de determinar el volumen global de contrataciones temporales, incorporando en su caso definiciones precisas de las referencias, márgenes o límites materiales y temporales sobre las que se medirá la aplicación de la medida". Sin mayor detalle, se propone igualmente "adoptar fórmulas que eviten el encadenamiento injustificado de sucesivos contratos temporales".

El documento de 24 páginas reflexiona sobre la necesidad de incidir en la formación de los trabajadores, una de las debilidades congénitas del mercado laboral español. Se invoca además la vieja fórmula de la flexibilidad interna, que bien podría emparentarse con el hoy olvidado contrato alemán, basado en la adaptación de los horarios del empleado a las necesidades productivas de la empresa.

Las cláusulas de revisión salarial "tomarán como referencia el incremento salarial pactado en el convenio colectivo y la inflación real en todo el periodo". Ésta es una afirmación confusa porque mezcla los nuevos umbrales establecidos, que ya no se vinculan a la inflación prevista, con el marcador real de los precios. Tampoco queda claro cómo se producirá el ajuste en el sueldo si existe un desfase a favor del trabajador. La cláusula de inaplicación o descuelgue aparece en el texto con un nuevo enunciado que no encierra grandes novedades. Este mecanismo permite a una empresa con dificultades desactivar los incrementos salariales. En tales casos, será necesario informar a la Comisión Partitaria o Mixta del convenio colectivo, exponer las razones de empleo, los compromisos que se adquieren, el plan de retorno a la aplicación del convenio en lo económico y los mecanismos necesarios para su verificación.

En la Disposición Adicional Única aparece, finalmente, una referencia a la reforma de la negociación colectiva [consultar la información adjunta]. Sindicatos y patronal se dan seis meses para abordar, "entre otros, la definición de mecanismos de articulación de la negociación, su papel como procedimiento de fijación de las condiciones laborales (...) y su capacidad de adaptación a las necesidades de los trabajadores, las empresas y la mejora de la productividad". El presidente de la CEOE, Gerardo Díaz Ferrán, destacó que el acuerdo "cumple el objetivo de la moderación salarial en un momento en que las empresas lo están pasando mal". Cándido Méndez, líder de UGT, añadió que el pacto demuestra que "es posible luchar unidos contra la crisis", e Ignacio Fernández Toxo (CCOO) destacó que la negociación colectiva tiene más potencialidad que "cualquier pretendida reforma laboral" para mejorar la competitividad del sector privado.

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