Economía

El Tribunal de la UE condena a España por mantener la 'ley Rato'

  • La norma impone condiciones a la entrada de grupos públicos en las compañías eléctricas

El Tribunal de la UE advirtió ayer que considera injustificadas las restricciones que afrontan las empresas públicas que desean entrar en el sector energético nacional, además de condenar a España por no haber modificado, como le solicitó la Comisión Europea, la conocida como ley Rato.

Los jueces de la Unión han dictaminado que la norma de 2003, promulgada cuando era responsable de Economía Rodrigo Rato para frenar los planes del grupo público francés EDF de hacerse con Hidrocantábrico, vulnera el principio comunitario de libre circulación de capitales.

La norma establece que cuando una empresa estatal adquiera una participación significativa (más del 3 por ciento del capital) de una compañía energética española, sus derechos de voto deben estar condicionados a la autorización del Consejo de Ministros.

Aunque la disputa entre Madrid y Bruselas por esta cuestión se remonta a 1999, la sentencia emitida ayer tiene especial relevancia dado el interés manifiesto de EDF por entrar en el capital de Iberdrola.

Tras conocer el fallo judicial, el ministro de Economía, Pedro Solbes, señaló que el Gobierno tomará las "decisiones pertinentes". Desde la Comisión Europea, el responsable de Mercado Interior, Charlie McCreevy, dejó claro que a la UE sólo le preocupa que los estados respeten la normativa, y no la organización del sector energético. A su juicio, si se opta por la liberalización y se aplican las reglas, no importa que las empresas sean públicas o privadas.

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