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Economía

El trabajador 'en negro' que se dé de alta sólo sumará seis meses cotizados

  • El Gobierno reduce a la mitad el periodo reconocido a los que regularicen su situación

El Gobierno ha reducido de un año a seis meses el periodo de cotización que se le reconocerá al trabajador cuando su empresa regularice voluntariamente su situación en el marco del plan de empleo sumergido, según el segundo borrador remitido a los agentes sociales. Fuentes cercanas a la negociación confirmaron a Europa Press que éste es uno de los pocos cambios introducidos en el documento remitido el pasado miércoles a patronal y sindicatos, que ya se ganó los reproches de ambas partes. Así, la nueva propuesta no habría servido para acercar posiciones.

Las mismas fuentes señalan que los efectos del alta en la Seguridad Social de estos trabajadores tendrán carácter retroactivo con un límite en el 1 de enero de 2011, seis meses antes de que termine el plazo para que las empresas puedan acometer estas regularizaciones voluntarias, que se mantiene en el 30 de junio. Este plazo era de un año en la primera propuesta.

Además, el Gobierno se mantiene firme en que estas regularizaciones puedan dar lugar tanto a contratos temporales como indefinidos, sin que las empresas tengan que hacer frente a sanciones. Se mantiene también que estas empresas puedan aplazar sus deudas con las Seguridad Social, sin que tengan que presentar obligatoriamente garantías para asegurar el pago de las cotizaciones.

Por parte de los sindicatos, la nueva formulación empeora la propuesta inicial, por lo que, aunque mantienen que las negociaciones seguirán abiertas hasta mañana preparan una actuación conjunta para rechazar el plan que el Gobierno pretende aprobar en el Consejo de Ministros del viernes.

Del lado de los empresarios, el nuevo borrador tampoco habría sido bienvenido, ya que mantiene un incremento de las sanciones una vez finalizado el periodo de gracia, hasta un máximo de 187.515 euros, pero con una vocación de permanencia y no coyuntural, como inicialmente se planteó. Además, las empresas tendrán que comprobar con carácter previo a la subcontrata de otra entidad, que sus trabajadores han sido dados de alta en la Seguridad Social, ya que de lo contrario serán consideradas corresponsables en caso de sanción.

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