'caso Nóos'

La Fiscalía no prevé pedir de momento la imputación de la infanta Cristina

  • Torres-Dulce asegura que si el fiscal del caso entiende que la citación debe producirse "me informará a través de su superior".

El fiscal general del Estado, Eduardo Torres-Dulce, ha asegurado que, en este momento, el Ministerio Público no tiene "ninguna previsión" de llamar a declarar como imputada a la infanta Cristina en relación con el caso Nóos, en el que ya está imputado su marido, el duque de Palma, Iñaki Urdangarin.

Así lo ha asegurado Torres-Dulce en una rueda de prensa convocada para detallar el proyecto de elaboración del Libro Blanco de la Fiscalía, tras ser preguntado si ésta se plantea pedir la citación de la infanta como imputada. "No puedo responder en este momento pura y simplemente por prudencia. Cuando el fiscal anticorrupción asignado al caso exprese su opinión a la Fiscalía General del Estado se tomará la decisión correspondiente. Lo que sé es que hasta este momento no hay ninguna previsión", ha sido su respuesta.

Torres-Dulce ha añadido: "Hay que ser lo más prudente posible no solo ya en la posición del fiscal general del Estado, que en este momento no hay tal posición, sino del fiscal adscrito en ese caso, que es el que está llevando el seguimiento de la instrucción y en su momento, si entiende que eso debe producirse, estoy seguro que me lo hará llegar a través de su superior".

En relación con la polémica suscitada por unas declaraciones -luego rectificadas- de la portavoz del Consejo General del Poder Judicial, Gabriela Bravo, que dijo que "no todos los imputados son iguales", el fiscal general ha afirmado que "la ley es igual para todos". "Eso es lo que exige la Constitución y nosotros vamos a ser muy exigentes en este punto, salvo en aquellos supuestos en los que se prevea un trato desigual", ha añadido.

La Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) establece, en el capítulo dedicado a las declaraciones de los testigos, que de la obligación general de concurrir al llamamiento judicial solo están exentos "el rey, la reina, sus respectivos consortes, el príncipe heredero y los regentes del Reino". El artículo 412 de la LECrim dice, además, que "estarán exentas también de concurrir al llamamiento del juez, pero no de declarar, pudiendo hacerlo por escrito, las demás personas de la Familia Real", pero siempre en el caso de que hayan sido citadas como testigos. La ley, sin embargo, no prevé ninguna excepción cuando la citación se haya hecho en calidad de imputado.

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