España

Casi la mitad de los recursos ante el Constitucional en 2014 afectaron a Cataluña o Andalucía

  • Se presentaron un total de 60 impugnaciones contra leyes estatales o autonómicas, de las que 25 fueron protagonizadas por estas dos CCAA.

El Tribunal Constitucional (TC) recibió durante 2014 un total de 60 recursos de inconstitucionalidad contra leyes estatales o autonómicas, de los cuales 25 fueron protagonizados por Cataluña o Andalucía. Los recursos citados fueron impugnados tanto por el Presidente del Gobierno contra leyes autonómicas como por las citadas comunidades contra leyes del Estado central, todo ello según la Memoria de 2014 del Tribunal Constitucional, divulgada este miércoles. Sumando ambos factores, la conflictividad ante el TC de ambas comunidades con el Gobierno central supera con mucho a las de cualquier otra, especialmente en el caso catalán.

Así, Cataluña impugnó ante el TC 11 leyes del Estado, mientras que el Presidente del Gobierno recurrió como inconstitucionales 5 normas de esta comunidad autónoma; y Andalucía impugnó 8 y recibió 1 recurso de inconstitucionalidad. Frente a ellas, Canarias o Navarra, las siguientes en la lista, sumaron cinco recursos de ambos tipos cada una y muchas otras comunidades ninguno o uno, una diferencia que se hace aún más llamativa si consideramos que, además, Cataluña recibió 3 conflictos de competencias planteados por el Gobierno central (frente a ninguno en la mayoría de las otras comunidades).

Los recursos fueron resueltos en la mayoría de los casos a favor de las tesis del ejecutivo central. La Memoria de 2014 del TC apunta otros datos, como por ejemplo un aumento del 33% de las cuestiones de constitucionalidad, en las que los tribunales ordinarios plantean ante la corte de garantías dudas sobre la constitucionalidad de leyes que deben aplicar. Así, las cuestiones de constitucionalidad pasaron de 106 en 2013 a 141 en 2014, de las cuales la mayor parte de ellas, 87, fueron planteadas por los tribunales superiores de justicia, seguidos de los juzgados.

El Tribunal Constitucional, que ha aumentado su productividad, es decir, el número de resoluciones adoptadas en un año, y ha disminuido en un 5% el número de asuntos pendientes, recibió en 2014 un total de 7.878 asuntos, de los cuales el 97% fueron recursos de amparo, en su mayor parte interpuestos por particulares.

Además, una gran parte de estos recursos de amparo fueron interpuestos por estos particulares frente a resoluciones penales, acogiéndose al artículo 24 de la Constitución (el que garantiza la tutela judicial). La Memoria recuerda en este punto que "un año más, el porcentaje de inadmisiones a trámite en materia de amparo volvió a ser muy elevado y se situó en el 98,92% del total de resoluciones dictadas" o, en otras palabras, que "el Tribunal solo ha admitido a trámite el 1,08 por ciento de los recursos de amparo". "La lectura de este dato indica que la Justicia ordinaria cumple de forma eficaz la función que las leyes le atribuyen en la protección de los derechos fundamentales de los ciudadanos, quedando el amparo ante el Tribunal Constitucional como un recurso de naturaleza subsidiaria", añade.

Este argumento del Tribunal Constitucional se ve reforzado, añade su memoria, con otro dato: apenas la mitad de las 109 sentencias dictadas sobre las peticiones de amparo admitidas a trámite se resolvió a favor del recurrente. Este dato, "que refuerza aún más el diagnóstico positivo sobre la calidad de nuestra Justicia", según el TC, sella además una conclusión innegable: la práctica frecuente de acudir como último recurso procesal contra la justicia ordinaria en petición de amparo ante el TC fracasa en el 99,5 % de los casos.

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