Málaga

A Ávila Rojas le sale caro el recurso y bajan la condena del 'club' Aifos

  • El promotor José Ávila Rojas, el empresario con mayor condena, obtiene dos meses menos de pena y tendrá que pagar 4,5 millones de euros más

El promotor José Ávila Rojas fue el peor parado entre los empresarios en la sentencia de la Audiencia de Málaga por el caso Malaya hecha pública el 4 de octubre de 2013 y el recurso no le ha beneficiado, ya que apenas ha conseguido que el Tribunal Supremo le rebaje la pena dos meses y, sin embargo, tendrá que abonar 4,5 millones de euros más de multa. Sí han salido favorecidos los tres directivos de Aifos, Jesús Ruiz, Jenaro Briales y Francisco García Lebrón, que han visto reducida su condena de tres años de prisión a otra de un año y diez meses cada uno, aunque el Supremo sí ha mantenido la multa que le impusieron en Málaga: 2,2 millones de euros cada uno.

El Supremo condenó ayer a José Avila Rojas a la pena de dos años y seis meses de prisión y una multa de 13,5 millones de euros como autor de un delito de blanqueo de capitales. A eso hay que sumarle otro año de prisión y multa de 2,5 millones de euros por un delito continuado de cohecho activo para acto injusto ejecutado. En total, el empresario granadino ha sido condenado por el Supremo a tres años y medio de prisión y a una multa de 16 millones de euros. La Audiencia de Málaga le había condenado anteriormente a tres años y ocho meses de prisión y una multa de 11,5 millones de euros.

La sentencia de la Audiencia de Málaga consideraba probado que Ávila Rojas trabajaba de forma habitual en Marbella a través de las empresas Naviro, Turasa y Haviland Proyectos y que en esos años firmó varios contratos de permuta con Juan Antonio Roca en los que el ex gerente de Urbanismo aportaba los terrenos y Ávila hacía la construcción. El promotor pagó 5 millones de euros a Roca entre 2002 y 2004 para que, según la sentencia, "le facilitara la tramitación administrativa de los convenios conforme a sus intereses". Había más de 30 folios con numerosos proyectos y convenios urbanísticos en los que el constructor obtuvo cambios en la calificación del suelo o aumentos de edificabilidad más que significativos, lo que le permitía construir más viviendas.

Ávila Rojas presentó numerosas alegaciones al Tribunal Supremo y éste ha desestimado todas. El promotor, por ejemplo, alegó que se planteaba "ambigüedad, imprecisión y falta de concreción tanto de los escritos de conclusiones provisionales como definitivas, así como modificaciones sorpresivas de la acusación formulada a lo largo del juicio oral". También expone, entre otras muchas cuestiones, que no abonó dádivas a Juan Antonio Roca sino que los pagos que le hizo derivaban de los negocios que tenía con él. El Supremo desestima una tras otra sus alegaciones y lanza algunas frases que no dejan lugar a la duda. "La conclusión alcanzada por la Audiencia de que las anotaciones de los archivos Maras [donde estaban apuntados los ingresos que recibía Roca] relacionadas con el recurrente corresponden a entregas de dinero para favorecer sus intereses urbanísticos en Marbella es lógica y racional; unos intereses urbanísticos emanados de los distintos convenios de transferencia de aprovechamientos urbanísticos, que el recurrente alcanzó con el Ayuntamiento a través de sus sociedades, así como las distintas licencias urbanísticas que obtuvo", reza al alto tribunal. En el folio 930 del recurso presentado por Ávila Rojas, el Supremo también habla claro ante las alegaciones del empresario. "Las alegaciones del recurrente han de ser desestimadas, pues se ha practicado prueba de cargo suficiente para concluir que, como declara el Tribunal de instancia, el recurrente conocía (o debía conocer, se añade en la sentencia de instancia impropiamente) que el dinero y las parcelas que el señor Roca aportaba para la constitución de los negocios en común y para la adquisición de los inmuebles eran de procedencia ilícita".

Otros empresarios que habían sido castigados en la sentencia de la Audiencia malagueña fueron los tres ex directivos de Aifos, Jesús Ruiz, Jenaro Briales y Francisco García Lebrón. Los tres fueron condenados a tres años de prisión y una multa de 2,2 millones de euros por cohecho activo y fraude. El Supremo ha rebajado la pena a cada uno a un año de prisión por un delito continuado de cohecho activo y de diez meses por un delito de fraude, aunque mantiene la multa de 2,2 millones de euros. Todos tienen un arresto sustitutorio en caso de impago de dos meses, así como tres años y 15 días de inhabilitación especial para empleo o cargo público.

Los ex directivos de Aifos presentaron ante el Supremo 17 motivos contra la condena, habiendo estimado el tribunal solo el cuarto, el decimotercero y el decimosexto. El decimotercero ha sido clave para conseguir la rebaja de la pena ya que alegaban a una infracción del artículo 65.3 del Código Penal. Los recurrentes señalaban que hubo "un convenio privado, que nunca llegó a desplegar efectos, que sometía su propia eficacia al visto bueno de la entidad pública y en la que el recurrente ni siquiera intervino en nombre propio, sino en representación de la persona jurídica a la que representa, por lo que debería ser rebajada la pena impuesta por el delito del artículo 436 del Código Penal". Consideraban además en su recurso los empresarios que la sentencia imponía "una pena por el delito de fraude desproporcionada, que se basa en una apreciación arbitraria de las circunstancias que se alegan para la individualización".

En los archivos Maras se recogen varios pagos de Aifos por un valor total de 4,7 millones de euros a Juan Antonio Roca, según decía la sentencia, "con objeto de que se firmen y se cumplimenten distintos convenios que favorecen sus pretensiones económicas". Entre ellos estaba el convenio Guadaiza, a través del cual el Ayuntamiento de Marbella cambió los parámetros urbanísticos de dos terrenos para aumentar la edificabilidad que autorizaba el PGOU de 1986 en miles de metros cuadrados.

Otro de los empresarios que habían sido condenados fue el promotor cordobés Rafael Gómez, más conocido como Sandokán. La Audiencia de Málaga le impuso una pena de seis meses de prisión y una multa de 150.000 euros por un delito de cohecho, aunque fue absuelto de prevaricación. El Supremo no ha hecho ningún cambio tras desestimar todas sus alegaciones. Gómez compró un inmueble en Marbella para instalar las oficinas de su promotora Arenal 2000. Tenía que derrumbar un muro y estaba prohibido. Lo hizo de todas formas tras firmar un convenio con el Ayuntamiento, que nunca fue ratificado por la Junta de Gobierno, a cambio de abonar 601.012 euros.

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