Málaga

Condenado por tramitar visados de turistas para introducir a extranjeros

La Audiencia de Málaga ha condenado a tres años de prisión a un hombre de nacionalidad ucraniana al considerar probado que se dedicaba a organizar viajes y a tramitar visados de turistas de carácter temporal para compatriotas, sabiendo que el objetivo era quedarse a residir definitivamente en España. Por contra, se absuelve a los acusados que le encargaron traer a sus familiares.

El grupo de Extranjería de la Comisaría Provincial de Málaga inició la investigación y solicitaron al juzgado la intervención de llamadas telefónicas. Según la sentencia, con dichas escuchas se pudo determinar que el hombre contactaba con distintas personas ucranianas para organizar viajes desde Ucrania a España, para gestionar y obtener documentación y el importe que cobraba. Los agentes centraron sus investigaciones, señala la resolución, a la que tuvo acceso Europa Press, en uno de los viajes programados por el procesado en el que dos acusados -que han sido absueltos- contactaron para que tramitara el viaje del hijo de uno de ellos para que "pudiera venir a vivir definitivamente a España, hecho conocido por el acusado", a quien le pagaron 500 euros.

También investigaron otros viajes que programó con otros acusados -también absueltos- para traer a dos familiares a España "definitivamente", los cuales iniciaron el viaje por carretera, luego siguieron en tren y fueron recogidos en una furgoneta, según se declara probado en la sentencia, por el procesado, quien les proporcionó un visado de turista por 14 días a ambos. En diciembre de 2010, los investigadores detuvieron al procesado en Mijas. Se le condena por un delito contra los derechos de los ciudadanos extranjeros, lo que, afirma el Tribunal, ha quedado acreditado por las declaraciones de los demás acusados que lo reconocen como la persona con la que contactaron y gestionó la documentación para la entrada de sus familiares en España.

El procesado reconoció el transporte de personas, pero negó el ánimo de lucro y que conociera la intención de estas personas de quedarse de forma definitiva en España, lo que, según la Sala, ha quedado desvirtuado tanto por los coacusados como por el contenido de las conversaciones que fueron intervenidas a lo largo de las investigaciones. Respecto a las personas que contactaron para traer a sus familiares, el Tribunal los absuelve y señala que "pretender criminalizar la conducta de reagrupación familiar, derecho consustancial al ser humano, tratándola de amparar en el puro --aún legítimo-- fin de control de los flujos migratorios, supondría ir más allá del interés tutelado por la norma penal".

En la misma investigación, se detuvo a otras dos personas, que no tienen relación con los hechos anteriores, pero que han sido condenadas en esta causa por un delito de falsedad a la pena de seis meses de prisión, al hallarse en su poder documentos de identidad lituanos, copia de su original a los que se les había incorporado su fotografía y sus datos personales, siendo ambos de nacionalidad rusa.

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