Málaga

Una Feria reglada pero ¿con o sin 'cubalitros'?

  • El Pleno aprueba hoy de forma definitiva la primera ordenanza específica para regular los festejos del mes de agosto, en la que modifica su idea inicial de impedir el uso de estos recipientes

Por primera vez en su historia, la Feria de Málaga va a tener una ordenanza propia que la regule. Así será después de que hoy el Pleno del Ayuntamiento dé el visto bueno definitivo a un texto en el que se detalla desde el horario límite de los festejos en el centro, hasta la ropa que han de llevar los jinetes y cocheros en Cortijo de Torres o los decibelios que no han de sobrepasar los equipos de sonido. Lo que no hace la norma, a pesar de que el documento que impulsó la Junta de Gobierno Local seis meses atrás sí lo hacía, es qué va a pasar con los conocidos cubalitros, es decir, con los recipientes de gran tamaño que tradicionalmente se utilizan en los establecimientos de los festejos.

La venta de bebidas alcohólicas o combinados a granel en este tipo de envases fue prohibida de manera sorprendente por el equipo de gobierno en el primer formato de la ordenanza. Sin embargo, la que hoy mismo pasará por la sesión plenaria no hace alusión alguna a los mencionados cubalitros y se limita a prohibir dicha dispensación en "envases no autorizados". Preguntado por esta variación, el concejal de Cultura, Miguel Briones, fue claro: "En la ordenanza no hemos querido entrar a ser tan restrictivos", expuso, al tiempo que precisó que el detalle sobre la cuestión corresponderá al bando municipal que se emita en la previa de la Feria. A ello, añadió la complejidad jurídica que entraña aplicar dicha limitación de uso a un recipiente de este tipo. La negativa se mantiene, eso sí, sobre la posibilidad de consumir bebidas en recipientes de cristal fuera de los establecimientos y de las zonas anexas autorizadas.

Pero no es el único precepto que varía respecto a los planteamientos iniciales. Mientras el documento original obligaba a que los establecimientos no sobrepasasen los 65 decibelios medidos a una distancia de dosmetros desde cualquier altavoz o salida de sonido (frente a los 80 decibelios del bando municipal del año pasado), el texto final es menos específico y se ajusta "a no sobrepasar en ningún caso los decibelios autorizados anualmente, de conformidad con lo recogido en el artículo 40.4 de la Ordenanza para la Prevención y Control de Ruidos y Vibraciones".

Más allá de ello, la nueva normativa fija, como ya era habitual, que los establecimientos que deseen instalar en las calles altavoces o cualquier sistema de reproducción "quedarán obligados a unificar el tipo de música". En cuanto al horario de cierre de la feria del centro se fija las 18:00, mientras que en la zona del Real, la apertura al público se extiende desde las 12:00 y finalizando a las 6:00, excepto en festivos y vísperas de festivos, que podrán ampliar el horario una hora más. Las casetas de la zona comercial finalizarán su actividad a las 7:00.

Otro de los detalles curiosos de la normativa es el relativo a los paseos de caballos y enganches por Cortijo de Torres, en los que "sólo se podrá utilizar para montura ganado caballar, y para enganche, caballar o mular, quedando prohibida la utilización de asnos u otro tipo de animal". Al tiempo, los caballistas y cocheros están obligados a vestir "de forma tradicional conforme al tipo de enganche o montura que usen", sin que se permita "el uso de pantalón corto o vaquero ni zapatillas deportivas, ni transitar con el torso desnudo".

El incumplimiento de estas exigencias, plasmadas en un total de 62 artículos, puede acarrear la imposición de sanciones económicas que oscilan entre los 750 euros y los 3.000 en función de si son consideradas infracciones leves o muy graves.

3.000

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