Málaga

La Fiscalía no recurrirá la sentencia del caso Troya que condena a Martín Serón

  • El alcalde de Alhaurín el Grande y el concejal de Urbanismo sí acudirán al Tribunal Supremo

La Fiscalía de Málaga no recurrirá la sentencia del caso Troya que condena a un año de suspensión y multa de 200.000 euros al alcalde de Alhaurín el Grande, Juan Martín Serón (PP) y su concejal de Urbanismo, Gregorio Guerra. Fuentes judiciales han indicado que el Ministerio Público ve "razonable" la sentencia y que no encuentra motivos en la resolución para formular un recurso dentro de los límites previstos para acudir al Tribunal Supremo. Sin embargo, sí han expresado su intención de recurrir tanto Juan Martín Serón como Gregorio. El alcalde de Alhaurín el Grande ha calificado la sentencia de "injusta, desproporcionada, carente del rigor y muy corporativista", insistiendo en su inocencia y en que había primado "la presunción de culpabilidad de la Fiscalía". La Fiscalía acusó a ambos de 13 delitos de cohecho con aplicación de la continuidad delictiva y pidió la suspensión en sus cargos durante tres años y nueve meses y multa de dos millones de euros para cada uno. Finalmente, el tribunal condenó a ambos por un solo delito de cohecho, absolviéndoles de los otros 12 delitos.

La sentencia considera probado que el edil "de acuerdo" con Martín Serón le "venía exigiendo con insistencia", al menos desde mayo de 2006, al promotor que presentó la denuncia, "con ánimo de enriquecerse y sirviéndose de la ventaja que les proporcionaba su cargo oficial, el pago de la suma de 122.000 euros" por una licencia de obra.

La Sala explicó que los hechos quedaron acreditados tanto por prueba indirecta como directa, como es la testifical del empresario que denunció los hechos, apuntando que "ambos acusados en cierto modo jugaban no sólo con la confusión derivada de la vigencia de las normas urbanísticas existentes sino también con las diversas interpretaciones de la que era susceptible". En la sentencia se hacía referencia a unos documentos intervenidos en el despacho del edil y se señalaba que a partir de éstos "toma sentido la cantidad exigida" al promotor, ya que "se pueden deducir los precios tasados a cada metro cuadrado incrementado y cada vivienda".

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