La Audiencia de Málaga ha confirmado la pena de prisión y multa impuesta a un hombre por construir una casa en suelo no urbanizable y sin licencia; aunque ha modificado la resolución, al considerar que no se tiene que acordar la demolición en esta causa penal, sino que el asunto se debe resolver por otra vía jurisdiccional, al haber sido recurrida la orden de derribo en un juzgado contencioso.
El Juzgado de lo Penal número 2 de Málaga consideró probado que el acusado realizó en una finca rústica de su propiedad, ubicada en el Paraje Brun Bajo, en la zona de Olías, en la capital, las obras para una vivienda "careciendo de la preceptiva licencia". La Sala considera que se debe resolver sobre el derribo en otra vía jurisdiccional, al haber un proceso judicial abierto previamente.
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