Málaga

El Supremo absuelve a un condenado por narcotráfico de ketamina

  • Recuerda que la Fiscalía no vio delito porque no consideró droga la sustancia

El Tribunal Supremo ha rebajado a cuatro años de cárcel la pena a un hombre que fue condenado por la Audiencia Provincial de Málaga a diez años de prisión por un delito contra la salud pública, y ha absuelto a otro al que la Sala le impuso tres años de prisión. En la sentencia, el alto tribunal estima los recursos de casación interpuestos por los procesados contra la sentencia dictada por la Sección Segunda de la Audiencia el 30 de abril de 2009, a raíz de una actuación policial llevada a cabo el 4 de marzo de 2007 en un club de Torremolinos.

En el caso del condenado a 3 años de prisión, el Supremo indica que si la sentencia de la Audiencia indica que el fiscal no calificó los hechos como integrantes de un delito de tráfico de drogas, porque entendió que la ketamina no lo era, "resulta extraño" que definitivamente se le condene por dicho delito sin acusación alguna.

En cuanto al hombre condenado a 10 años de cárcel, como encargado del local en el que se encontró la droga, el TS mantiene que no consta que el acusado regentara el establecimiento, y añade que de los más de 40 clientes que había, ninguno portaba sustancias tóxicas. En este sentido, argumenta que "no se prueba de forma efectiva cuál era la sustancia similar a la ketamina", pues los agentes no procedieron a su recogida y remisión al departamento de Sanidad para analizarla.

Por otro lado, las 32 pastillas de éxtasis halladas en las estanterías existentes tras la barra, sí constituyen "indicios valorables", según el tribunal, que rebaja la pena hasta los 4 años de prisión.

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