Málaga

Ocho años de cárcel por intentar matar a un hombre después de quitarle un cigarro

  • Mantuvieron una discusión en un bar y el acusado siguió a la víctima hasta su portal, donde lo agredió con golpes y patadas

La Audiencia de Málaga ha condenado a ocho años de prisión a un hombre por intentar matar a otro con el que tuvo una discusión en un bar y al que siguió hasta su portal para agredirle, con golpes y patadas en la cabeza. Además, se le impone que indemnice a la víctima, entonces de 60 años, con casi 108.000 euros por los días que tardó en curar y las secuelas que le han quedado.

Los hechos sucedieron en julio de 2014. El procesado, de 32 años en ese momento, acompañado por un amigo, fue a un bar de Málaga capital donde estaba la víctima, que se encontraba bajo los efectos del alcohol. Según la sentencia, en un momento determinado se entabló una discusión entre ambos hombres, cuando el acusado cogió un cigarrillo del otro.

Esta discusión no llegó a más al abandonar el local la víctima, quien se acercó posteriormente, aunque no entró porque el acusado continuaba allí. No obstante, el procesado salió del establecimiento y siguió al perjudicado hasta su domicilio, dice la resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press.

Una vez en el portal, según se declara probado, se volvió a entablar una discusión entre ambos, en la cual el acusado, aprovechando "su superioridad física porque es mucho más joven" y que la víctima se encontraba en estado de embriaguez, le "golpeó reiteradamente en el rostro".

La víctima trató de repeler la agresión, aunque no pudo, ni tampoco lo consiguió el conserje del edificio, que intentó de separarlos "sin éxito". En un momento dado, indica la sentencia, "como consecuencia de la agresión", el perjudicado cayó por la rampa de minusválidos que había en el portal y quedó tendido en el suelo.

Entonces, señala la resolución, el acusado aprovechó esa circunstancia para "golpearle reiteradamente con el pie en la cabeza, con la intención de acabar con su vida". Además, el procesado dijo a los vecinos que llegaron y que intentaron llamar a los servicios sanitarios que no pasaba nada, que estaba borracho y se había caído.

La finalidad era, según se declara probado en la resolución de la Sección Segunda, "impedir que recibiera la necesaria asistencia", ya que aseguró que había avisado a la Policía y a los servicios sanitarios "lo cual no era cierto".

Cuando llegó una de las dotaciones policiales, al ya haber avisado los vecinos de quién era el agresor, el acusado se puso "muy agresivo, arremetiendo" contra un agente, a quien le dio un golpe en el pecho, por lo que tuvieron que intervenir los otros policías para reducir al procesado, resultando uno de ellos lesionado.

Además, en el trayecto hasta la Comisaría de Policía el acusado "no dejaba de proferir expresiones intimidatorias", tales como "si no tuviera las esposas más de uno de vosotros se iba a enterar", que "le cortaría la cabeza al juez" o que "si el herido salía de ésta lo terminaría de matar" y también a su familia.

La víctima resultó con varias lesiones, entre ellas traumatismos craneoencefálicos y faciales y fracturas, además de que estuvo en la UCI para el control de las lesiones cerebrales que sufría, tardando en curar 300 días. Así, le quedaron secuelas importantes que le incapacitan para su trabajo de archivero.

La sentencia indica que las lesiones sufridas por el hombre "son de entidad suficiente para haberle causado por sí mismas la muerte", lo que no se produjo gracias a la actuación de los servicios sanitarios de urgencias y del hospital, que consiguieron salvar su vida.

Por estos hechos, se condena al acusado por un delito de un delito de homicidio en grado de tentativa, por el que, además de la pena de prisión de siete años y de la indemnización, se le impone la prohibición de acercarse al perjudicado a menos de 500 metros o comunicarse con él durante el mismo tiempo. El tribunal señala la "brutalidad" de la agresión.

Asimismo, se le condena por un delito de atentado a los agentes de la autoridad, por el que se le impone un año de cárcel; y por un delito leve de lesiones, por el que se le condena a pagar 270 euros de multa. Se le absuelve de un delito de amenazas, al entender la Sala que las expresiones durante el traslado a Comisaría se enmarcan en los otros delitos.

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