Málaga

Un juzgado de lo Penal enjuiciará al alcalde de Benamocarra

La Audiencia de Málaga ha estimado que no es competente para celebrar el juicio contra el alcalde de Benamocarra, Abdeslam Lucena, por denegar información municipal a la oposición; y ha acordado que la causa se remita a un juzgado de lo Penal para el enjuiciamiento. La Sección Segunda de la Audiencia malagueña acordó el pasado mes de marzo suspender este juicio contra Lucena para estudiar la cuestión previa planteada por el fiscal sobre que la competencia era de un juzgado debido a la pena máxima en abstracto prevista para el delito de prevaricación.

La Fiscalía acusa a Lucena de dos delitos continuados contra los derechos cívicos, solicitando una pena de siete años y medio de inhabilitación especial para empleo o cargo público, mientras que la acusación particular, en representación de un exedil de la oposición, le achaca este delito y otro continuado de prevaricación, por el que solicita 12 años y medio de inhabilitación.

La Audiencia estima que no es competente para celebrar el juicio

Tras estudiar la alegación planteada, la Sala señala en un auto que la competencia "no viene determinada por las penas a imponer sino por los delitos a enjuiciar y la concreción de la pena abstracta" que conlleva ese tipo delictivo, siendo en el caso de la prevaricación, según el Código Penal vigente cuando los hechos, de siete a diez años de inhabilitación. Así, en dicha resolución judicial, el Tribunal determina que según esa horquilla de pena la competencia para enjuiciar y dictar sentencia en este caso es de un juzgado de lo Penal y no de la Audiencia; aunque precisa que esto "no imposibilita" que se pueda imponer una pena superior a diez años de inhabilitación.

La Fiscalía sostiene en este caso que el alcalde denegó "reiteradamente y sin causa" la información municipal que le solicitaron otros ediles de la Corporación en el pasado 2011.

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