Málaga

"Los notarios no cometimos ninguna irregularidad en las cláusulas suelo"

  • El decano de los fedatarios apuesta por la resolución extrajudicial del problema antes de colapsar aún más los juzgados

El decano del Colegio Notarial de Andalucía, José Luis Lledó, defendió ayer la intervención de los notarios en la polémica por las cláusulas suelo de las hipotecas. Lledó aseguró que se está partiendo de que todas las cláusulas suelo son nulas, cuando sólo lo son aquellas que no son transparentes. "La cláusula suelo no es nula de entrada y los notarios no hemos cometido ninguna irregularidad al otorgar escrituras con cláusulas suelo", advierte el decano de los notarios andaluces, que recuerda que lo que han dicho los tribunales -el Supremo y el Superior de Justicia de la Unión Europea- es que esa cláusula "tiene que estar suficientemente informadas y eso se refiere a un periodo pre escriturario".

Lledó defiende que si el notario "lee la escritura, advierte de que hay una cláusula suelo y voluntariamente se firma", no hay ninguna irregularidad, el problema está en la información que ha recibido, pero no del notario. "Lo que el cliente es imposible que supiera, ni los más importantes economistas, es que el Euribor iba a bajar tanto, porque cuando el Euribor estaba a un 7%, un suelo del 3 a cualquier avezado le parecía un buen blindaje, pero las cosas cambian y la economía no es infalible".

"Colapsar los juzgados con infinidad de demandas por las cláusulas no es práctico"

Lledó recuerda que la ley dispone "tres días hábiles para que el cliente venga a la notaría, examine el proyecto de escritura y se asesore", pero se trata de una acción que nadie, o casi nadie, ejerce. "Lo he visto dos veces en mi vida, y he firmado varios miles de escrituras, y sólo han venido dos personas a retirar el proyecto de escritura para leérselo y ese proyecto es importantísimo", añade.

Los notarios reivindican una posición activa en el periodo "previo a la escritura", algo para lo que están preparados desde el punto de vista informático, para que el banco les remita la oferta y una serie de documentos, y ponerlos a disposición del cliente. "Nos brindamos a que vengan y a informarles, porque el carácter objetivo del notario, de defensa del consumidor e intermediación con el banco tiene que ser según el Tribunal Supremo, simultáneo a la escritura; tiene que haber un asesoramiento previo, y eso estamos dispuestos a asumirlo si el Gobierno nos lo da".

El decano es partidario de acudir a la vía extrajudicial para resolver el problema de la devolución del dinero cobrado de más por las cláusulas suelo. "Creo que colapsar los juzgados con infinidad de demandas no es práctico, ya bastante trabajo tienen los jueces para una cosa que es meramente matemática".

José Luis Lledó apuesta por que los notarios hagan de mediadores, aunque no se trata de una negociación, "sino de aplicar lo que diga el Gobierno y hacer los cálculos matemáticos".

Los notarios, recuerda Lledó, no pueden declarar abusiva una cláusula, eso corresponde a los tribunales, pero sería interesante que el el Gobierno les diera esa posibilidad de "pronunciarse sobre esas cláusulas", en el marco del "control de legalidad".

El decano de los notarios andaluces también se pronunció sobre la nueva batalla legal que se avecina en relación con quién debe hacerse cargo de los gastos de la hipoteca. "En España hay libertad de contratación, puedes pactar lo que quieras, salvo que una ley o un juez diga lo contrario. Y lo que ha dicho el Tribunal Supremo sobre los gastos de la hipoteca es que no se puede decir genéricamente que todos son de la parte deudora, tiene que haber una cierta negociación, pero esa negociación nunca se hace en presencia del notario", aclara.

Las condiciones generales de contratación de los bancos, prosigue el fedatario, "no tienen por qué ser lesivas o abusivas, otra cosa es que se exija una información específica y una libertad negociadora, pero esa libertad cuando hay tanta diferencia entre uno y otro es una quimera".

El Supremo ha considerado abusivo que todos los gastos se repercutan sobre el deudor, pero "el Código Civil recoge la libertad de pacto, salvo que sea contrario a la ley o a una sentencia", asevera Lledó, que no obstante considera que esa cantidad no será tan importante porque el gasto elevado es el pago de l impuesto y la ley dice que "le corresponde al deudor".

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