Málaga

El promotor Ávila Rojas, absuelto por vender pisos que nunca construyó

  • Dos familias se quedan sin casa y sin los 84.000 euros que pagaron por ellas

El promotor granadino José Ávila Rojas ha sido absuelto de un delito de apropiación indebida que le atribuía la Fiscalía de Málaga por cobrar 84.000 euros a dos familias a cuenta de dos viviendas que les vendió en Marbella y que, sin embargo, nunca llegaron a construirse. El año pasado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) declaró ilegal la licencia que había expedido el Ayuntamiento en mayo de 2003 para edificar en el solar del empresario.

La Sección Primera de la Audiencia precisa en la sentencia absolutoria que el promotor vendió el 19 de noviembre de 2003 dos pisos en la promoción Trinidad Marbella a dos parejas. Una casa estaba valorada en 200.459 euros y sus compradores efectuaron varias entregas por importe de 41.826 euros, cantidad idéntica a la que depositó la segunda pareja por otra vivienda cuyo precio estaba establecido en 203.825 euros.

El promotor, al que el fiscal pedía cuatro años y medio de cárcel, se comprometía en los contratos privados firmados con ambas familias a tener los pisos listos para el 30 de junio de 2006, sin embargo, las obras no comenzaron nunca.

De hecho, las ventas de ambas viviendas se produjeron tres meses después de que la Junta de Andalucía interpusiera un recurso contencioso administrativo contra el acuerdo de la comisión de gobierno de mayo de 2003, entonces presidida por el ex alcalde Julián Muñoz, que autorizaba las obras.

El tribunal precisa que aquella licencia estaba condicionada a la subsanación de una serie de errores. Ávila Rojas, a través de la promotora Naviro, modificó el proyecto básico y el 5 de agosto de 2003, cuando la moción de censura para descabalgar a Julián Muñoz de la Alcaldía ya estaba sobre la mesa, los servicios técnicos municipales emitieron un informe que avalaba los cambios realizados en el proyecto, si bien también se subrayaba que la parcela sobre la que se iban a levantar 202 viviendas y 24 oficinas, además de garajes y trasteros, era suelo urbanizable no programado, de acuerdo con el plan general de ordenación urbana de 1986, el único que se ha considerado legal en aquel periodo.

El 29 de agosto de 2003 la Junta de Andalucía recurrió la licencia ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) y el 19 de abril de 2010, es decir casi siete años después, determinó que, efectivamente, la licencia de obras dada a Ávila Rojas era nula.

La Audiencia aclara en la sentencia que el promotor granadino, imputado en el caso Malaya precisamente por operaciones inmobiliarias algunas de ellas realizadas también a través de la empresa Naviro, "comunicó a los compradores las incidencias "acaecidas con las obras y la suspensión acordada a instancias de la Junta de Andalucía y que se harían todas las gestiones" para comenzar la construcción.

No obstante, entre los meses de junio y octubre de 2008 las dos familias instaron la resolución del contrato por incumplimiento de lo comprometido. Entonces Naviro les ofreció la posibilidad de liquidar la deuda mediante la entrega de otros bienes inmuebles del grupo del empresario granadino, aunque "finalmente no se llegó a devolver las cantidades entregadas por ambas compraventas", detalla la sentencia.

La Audiencia de Málaga explica que no observa apropiación indebida en la conducta de Ávila Rojas porque si el contrato no se cumplió no fue por su "causa, ni deriva de esa ocultación, sino del conflicto jurídico administrativo surgido por la impugnación de la licencia de obras". El tribunal entiende que "no existen razones objetivas" que les conduzcan a creer que "el acusado conocía o podía conocer, cuando se formalizaron los contratos de compraventa, que no podría llevar a cabo los proyectos".

Además, agrega que el dinero que recibió de los compradores "no lo ha distraído para otras finalidades", aún cuando no lo depositara en una cuenta especial para esa promoción y lo dedicó a comprar el suelo, pagar la licencia y elaborar el proyecto básico.

Sin embargo, las dos familias denunciantes han perdido los 84.000 euros que entregaron y no tienen vivienda. Esta sentencia guarda grandes similitudes con la dictada también por la Sección Primera en julio del año pasado en la que absolvió a los dueños de Aifos de estafa por vender y cobrar por 16 pisos nunca construidos.

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