Provincia

Benalmádena modifica la actual ordenanza de comercio ambulante

  • El Ayuntamiento ha adaptado la normativa a la legislación europea y autonómica

Un puesto ambulante en el paseo marítimo.

Un puesto ambulante en el paseo marítimo.

El concejal de Comercio de Benalmádena, Bernardo Jiménez, informó ayer sobre la modificación de la Ordenanza de Comercio Ambulante de Benalmádena, aprobada provisionalmente durante el último pleno ordinario, con el fin de adaptarse a la normativa autonómica y europea. "Esta modificación resultaba necesaria porque la ordenanza estaba obsoleta, y por ello empezamos a celebrar reuniones con las diversas asociaciones de comercio ambulante y con comerciantes particulares, para que nos expusieran sus problemas y propuestas para incluir posibles modificaciones", explicó el edil.

Jiménez señaló que el año pasado "certificamos la necesidad de adaptar esta ordenanza a la normativa autonómica y europea vigente y, tras trabajar en su modificación, remitimos la propuesta de la ordenanza a la Dirección General de la consejería de Empleo, Empresa y Comercio". Tras la previa exposición para su consulta pública, se recibe posteriormente un informe favorable del Consejo Andaluz acerca de las modificaciones. "Entonces expusimos en el Consejo Sectorial de Comercio la resolución definitiva, contando con una valoración favorable por todos los asistentes", apuntó Jiménez.

"Esta adaptación a la normativa autonómica y europea nos va a permitir beneficios como optar a subvenciones en asuntos relacionados con el comercio ambulante", destacó el edil, quien apuntó que los cambios permiten que los trabajadores del comercio ambulante en el municipio "puedan estar dos de alta en la Seguridad Social en cualquier régimen compatible con la actividad". Al respecto, explicó que antes "era obligatorio que el propietario del puesto estuviera dado de alta como autónomo, y el acompañante debía ser asalariado, unas condiciones demasiado rígidas que dificultaban el desempeño de la actividad en el municipio". Además, para el traspaso de puestos ya no hará falta contar con antigüedad ni parentesco entre los arrendatarios, "una medida que fomentará el dinamismo comercial en este sector, ya que antes solamente se autorizaba el traspaso de puestos en los que el titular llevase más de cuatro años desempeñando la actividad, y con la obligación de que existiera primera consanguinidad".

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