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Comerciantes de Torre del Mar lamentan la "animadversión" del Defensor del Pueblo

  • Critican que cuestione la propuesta para autorizar la música en los locales

Algunos bares de Torre del Mar, en la antigua zona de El Copo.

Algunos bares de Torre del Mar, en la antigua zona de El Copo. / M. Cortés

La Asociación de Empresarios y Comerciantes de Torre del Mar (ACET) se ha levantado en armas contra el Defensor del Pueblo Andaluz, Jesús Maeztu, quien la pasada semana mostró su "preocupación y discrepancia sobre algunas propuestas incluidas en el proyecto de regulación del Nomenclátor y el catálogo de espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos de Andalucía". El responsable público consideraba que la autorización de música en locales y espacios públicos en los términos que piden muchas asociaciones de empresarios podía "suponer un riesgo para el disfrute de determinados derechos constitucionales" así como advertía de "las dificultades" que podrían encontrar muchos ayuntamientos para hacer efectivo este control.

Estas manifestaciones llevaron a la ACET a dirigirle un escrito en el que "lamenta profundamente la animadversión y subjetividad" de Maeztu "en contra de los establecimientos de hostelería de Andalucía". En el texto, le recuerdan que ya en julio de 2014 dirigió a los municipios de la comunidad su resolución formulada en una queja "en la que se presumía que casi todos los establecimientos de hostelería se exceden en su licenciastanto en ocupación de vía pública como en ruidos". Los empresarios lamentan que "le preocupen los derechos constitucionales de los ciudadanos y no los de los pequeños empresarios de hostelería". En la misiva le recuerdan que los municipios y zonas de gran afluencia turística no deben tener el mismo tratamiento que el resto y que su responsabilidad es "mediar e intentar buscar soluciones" y no como en este caso en el que "se ve una clara predisposición a ser "parte" por lo que en conciencia debiera inhibirse".

La ACET aclara que entiende que aquel establecimiento que se exceda tanto en la música pregrabada como en viva se le aplique con rigurosidad no normativa "pero en ningún momento presumir que los excesos que se puedan cometer van a atentar contra los derechos constitucionales".

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