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La Audiencia rechaza elevar a 600.000 euros la fianza al conductor del caso Mechaala

  • Confirma que el accidente se debió a una imprudencia que puede ser "menos grave"

La zona de la autovía de Cádiz donde se produjo el accidente el 18 de julio de 2016.

La zona de la autovía de Cádiz donde se produjo el accidente el 18 de julio de 2016. / d. s.

La Audiencia de Sevilla ha rechazado volver a imponer las medidas cautelares al ciudadano norteamericano Donald Arthur Lehman, que el 18 de julio de 2016 provocó el accidente de tráfico en el que falleció la joven tenista de 20 años Nadia Mechaala Gordillo, al desestimar el recurso de la familia de la víctima para que se le retirara el pasaporte, se le volviera a imponer la prohibición de salir de España y se elevara a 600.000 euros la fianza impuesta.

La Sección Primera de la Audiencia ha dictado un auto en el que confirma que el accidente se debió a una imprudencia que puede ser considerada "menos grave" y avala por tanto la decisión del juzgado de Instrucción número 5 de Sevilla de autorizar la vuelta a Estados Unidos del conductor, al poner de manifiesto que "no resulta ilógica ni desproporcionada la resolución" de la instructora.

La Audiencia recuerda que la Guardia Civil culpó del siniestro a una distracción

El tribunal señala que se trata de un posible delito de imprudencia grave o menos grave "con el desgraciado resultado del fallecimiento de una joven de 20 años que ocupaba el asiento del copiloto de uno de los vehículos que sufrió la colisión por alcance del vehículo que conducía el acusado".

Los magistrados recuerdan el último informe técnico de la Guardia Civil que atribuye la causa eficiente o principal del accidente "más que a la velocidad excesiva, como inicialmente se desprendía de los indicios que constaban en el atestado, a una distracción en la conducción por parte del acusado, lo que sin duda debe tenerse en cuenta para degradar la entidad de la imprudencia, pudiendo resultar menos grave, como apunta el Ministerio Fiscal en su informe de 1 de septiembre de 2016 y ello sin perjuicio de la ulterior calificación y de la valoración que se realice en el eventual juicio oral".

La Audiencia concluye que existen indicios de la posible participación del investigado Donald Arthur Lehman, de 74 años, en unos hechos que pueden ser constitutivos de un delito de homicidio por imprudencia -"grave o menos grave, como apunta el Ministerio Fiscal"-, pero no considera que deban mantenerse unas medidas cautelares que en la fase inicial de la investigación "eran necesarias, adecuadas y proporcionales a la información que constaba en ese momento". Sobre todo, insiste la Audiencia, porque en esta fase ya "muy avanzada del procedimiento" el resultado negativo del análisis realizado descartó que el accidente se hubiese producido por la negativa influencia de sustancias estupefacientes -dio un falso positivo en anfetaminas por un error del drogotest- en el conductor acusado y posteriormente "del informe técnico realizado por la Guardia Civil de Tráfico no parece desprenderse que la velocidad excesiva sea la causa eficiente o principal del accidente".

Antes de abandonar el territorio español, Donald Arthur Lehman compareció en el juzgado, acompañado por su abogado defensor, Carlos Galán, celebrándose una comparecencia en la que la juez le advirtió de la posibilidad de "celebrar el juicio en su ausencia con la citación en el domicilio en la persona que designe, si la pena solicitada en su día no excediera de dos años de privación de libertad o si fuera de distinta naturaleza y su duración no excediera de seis años".

La juez había autorizado la marcha del ciudadano norteamericano, siempre que prestara una fianza de 30.000 euros y se garantizaran las posibles responsabilidades civiles derivadas del suceso por parte de la compañía aseguradora del vehículo de alquiler que conducía.

En la comparecencia se dio cuenta de que se habían consignado por parte del ciudadano estadounidense los 30.000 euros como caución personal, mientras que la aseguradora AIG Europa depositó otros 166.200 euros para hacer frente a las indemnizaciones.

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