Cultura

Un juez absuelve al capitán del barco de Odyssey que se negó a su registro

  • La empresa gana el caso del abordaje que realizó la Guardia Civil en 2007 · El magistrado de Algeciras dice que el acceso al buque requería del permiso del capitán o del cónsul del país de abanderamiento

El capitán del buque Odyssey Explorer, que se negó en octubre de 2007 a que la Guardia Civil registrase el barco propiedad de la compañía cazatesoros Odyssey Marine Exploration, ha sido absuelto del delito de desobediencia grave por el que el Ministerio Fiscal pedía para él una pena de nueve meses de prisión. Así lo ha resuelto el magistrado José Antonio Villegas del Juzgado de lo Penal número 4 de Algeciras en una sentencia a la que ha tenido acceso Europa Press, con fecha del 24 de mayo de 2010 -aunque fue notificada el 1 de julio- y cuyo resultado hizo público ayer la compañía Odyssey.

El juez considera que la negativa del capitán William Sterling Vorus "se encontraba justificada" ya que la Guardia Civil precisa, para "entrar y registrar en los buques mercantes extranjeros" de "autorización del capitán" o, si éste la denegase, "del cónsul" de la nación de bandera del buque, según establece el artículo 561 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.

La Guardia Civil interceptó el Odyssey Explorer el 16 de octubre de 2007 a unas 3,5 millas al sureste de Punta Europa, tras su salida del puerto de Gibraltar, por orden de un juez de La Línea que investigaba si la compañía cazatesoros había cometido un delito de expolio del patrimonio nacional. Cuando el buque arribó al puerto de Algeciras, la secretaria judicial del Juzgado de Instrucción número 1 de la localidad gaditana notificó al capitán del barco el auto del Juzgado de Instrucción número 3 de La Línea, de fecha de 1 de julio de 2007, que ordenaba la entrada y registro del buque cazatesoros. El capitán se negó hasta en dos ocasiones a autorizar el acceso requerido, por lo que los agentes de la Guardia Civil tuvieron que acceder al interior del buque por medio de una escala que les proporcionó el Servicio Marítimo.

Siguiendo instrucciones de su letrado, Sterling Vorus adujo que para entrar al barco era necesaria la autorización del capitán o, en su defecto, del Consulado de Bahamas. Tras comprobar que no había Consulado de este país en España se volvió a requerir al capitán, siguiendo instrucciones del juez de La Línea, que permitiera el acceso al buque haciéndole saber que de lo contrario podría incurrir en un delito de desobediencia, pero el capitán no varió su negativa.

Según el juez, si no hay consentimiento por parte del capitán para acceder al buque es necesaria la "obtención de la autorización del cónsul del país de abanderamiento del buque", como ha tenido oportunidad de fijar la jurisprudencia al respecto.

Odyssey Marine Exploration se felicitó en un comunicado por este "paso en la buena dirección" y saludó que el fallo "se base en los hechos y no en las falsas informaciones e insinuaciones que provocaron el registro" de sus embarcaciones, en palabras de su vicepresidenta, Melinda MacConnel.

En cualquier caso, la sentencia del Juzgado de lo Penal número 4 de Algeciras no es firme y contra ella cabe interponer recurso de apelación. Esta decisión judicial, no obstante, puede suponer un revés para el Ministerio de Cultura que en junio anunció la firma de un convenio con la Guardia Civil para la protección del patrimonio arqueológico submarino español. La medida, que establece programas de mejora de la gestión del patrimonio sumergido nacional, pretendía en gran parte evitar que las empresas cazatesoros aprovecharan los hipotéticos vericuetos legales para obtener beneficios.

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