EL Estado español persigue con tanta saña al mundo abertzale y controla tan férreamente a los tribunales de justicia... que permite a una etarra condenada a trece años de cárcel permanecer en libertad para que pueda ver satisfecho su anhelo de ser madre a los 47 años de edad.

Elena Beloki fue sentenciada a trece años de prisión como responsable del aparato internacional de ETA. Ya había cumplido en Francia, en los noventa, otros cinco años por lo mismo, por pertenencia a banda armada. La condena de los trece años ha sido recurrrida y está pendiente de su revisión por el Tribunal Supremo, aunque la Audiencia Nacional ordenó su ingreso en prisión provisional.

Ha sido en esa situación, en prisión preventiva, en la que Beloki pidió quedar en libertad a fin de someterse a un tratamiento de fecundación in vitro. El donante de los espermatozoides necesarios para fecundarla es su compañero sentimental, y compañero de armas, Juan María Olano, flamante condenado también a diez años de prisión como jefe de las Gestoras Pro Amnistía, otra de las patas del entramado terrorista. La sección tercera de la Audiencia Nacional accedió a dejarla libre, ya que su deseada maternidad exige "disponibilidad clínica de la solicitante" y "condiciones psicológicas adecuadas". Ahora, la misma sala ha rechazado los recursos de la Asociación de Víctimas del Terrorismo y de la Fiscalía, que se oponían a la puesta en libertad, de modo que la señora continúa libre, y fecundándose.

No hay por qué dudar de la probidad en la aplicación de la ley de los tres magistrados que han ratificado la libertad provisional de Elena Beloki, los cuales han argumentado que ésta ha realizado las comparecencias quincenales que le impusieron al liberarla y que no se dio a la fuga durante el tiempo en que se estaba instruyendo el sumario (claro que entonces aún no había sido condenada). Al contrario, los magistrados se han distinguido por su firmeza antiterrorista. Pero la etarra no ha manifestado ningún signo de arrepentimiento ni voluntad de reinserción, que sería lo mínimo exigible para justificar racionalmente la concesión de este singular beneficio penitenciario que es el afán de ser madre.

Tengo dudas de que a otras reclusas en situación de prisión provisional -además de condenadas en firme por causas semejantes con anterioridad, como es el caso- les hayan otorgado los tribunales esta facilidad para buscar un embarazo tardío y artificial. Si ha sido así, retiro mis reticencias. Si no, hay que preguntarse por qué esta discriminación positiva hacia una delincuente de un delito gravísimo, integrante voluntaria de una banda que ha producido a muchos un dolor y un sufrimiento que siguen en carne viva.

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