Editorial

Menos plazos para la instrucción

EL ministro de Justicia, Rafael Catalá, explicó el domingo en un foro preelectoral del PP la reforma que el Gobierno presentará al Congreso de la Ley de Enjuiciamiento Criminal a fin de acortar los plazos de instrucción de las causas judiciales, especialmente las llamadas macrocausas por el número o relevancia de los imputados o por la complejidad de las tramas delictivas que se investigan. Frente a una situación de sumarios sin restricciones temporales y que habitualmente tienden a alargarse sin medida, el objetivo de la reforma apuesta por fijar seis meses para instruir las causas sencillas y un máximo de dieciocho para las complejas. Aunque algunos sectores judiciales muestran sus reticencias a este cambio y temen que podría abrir una puerta a la impunidad de ciertos delitos por la dificultad de concluir la instrucción en el periodo previsto, pensamos que la reforma del Ministerio de Justicia está puesta en razón y responde a una necesidad ampliamente detectada en la vida judicial española. Se trata de agilizar la Administración de Justicia y evitar los retrasos proverbiales de los procesos, que suponen aumentar las posibilidades de destrucción de pruebas de delitos y, a la vez, colocan a los imputados en una posición de estigmatización social durante años, sin que hayan sido declarados culpables. Precisamente en Andalucía tenemos varios ejemplos de macrocausas cuyas diligencias se prolongan indebidamente en el tiempo, como la de los ERE fraudulentos, con más de 260 imputados, que comenzó a instruirse en 2011. No puede olvidarse, por otro lado, que la Justicia padece una proverbial carencia de medios materiales y humanos, y ello obliga a que la reforma de la Ley de Enjuiciamiento Criminal no sea una medida aislada en favor de la diligencia judicial, sino que se dote a los juzgados de los instrumentos precisos para un funcionamiento ágil y acorde con los avances tecnológicos. De poco serviría imponer un plazo de medio año, o de año y medio en su caso, a un instructor de la causa que sea si se le hace imposible atenerse a esta exigencia temporal porque no dispone de los funcionarios que precisa dicha causa o los documentos del caso se apilan en las paredes y en los suelos de las dependencias judiciales sin posibilidad de ordenarlos, encauzarlos y activarlos para poder cumplir la nueva norma. Muchas veces la Justicia deja de ser justa por su lentitud e inoperancia, pero no porque la normativa facilite la obstrucción, sino porque falla el elemento material y humano que la agilice. La Ley de Enjuiciamiento hace falta reformarla en la línea adelantada por el ministro. Lo que también debe quedar claro es que no es suficiente con eso.

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