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Un Juzgado declara nulos 9 despidos en el Hotel Don Miguel y ordena la readmisión

  • El 5 de octubre de 2004 la empresa propietaria del Don Miguel cerró las puertas del hotel, presentando un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) un mes después de la clausura y con posterioridad a las demandas interpuestas por cerca de 200 trabajadores

El Juzgado de lo Social número 9 de Málaga ha declarado nulos los despidos de nueve trabajadores del Hotel Don Miguel de Marbella, que cerró sus puertas en octubre de 2004, y ha ordenado su readmisión en el mismo puesto y con las mismas condiciones que tenían.

En la sentencia, la juez condena además a las empresas Sociedad de Inversiones y Promociones Turísticas SA (SIPSA) -propietaria del hotel- y Rowasblu SA -entidad que explotaba el establecimiento- a abonar los salarios dejados de percibir por los trabajadores desde el cierre del establecimiento.

El fallo, ante el que cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), constituye la primera sentencia judicial que estima la demanda de despido de empleados del Don Miguel -presentada en este caso por la asesoría jurídica de UGT-, de las que aún quedan por resolver cerca de 70.

La resolución tiene lugar un mes después de que la Audiencia Provincial de Málaga condenara a SIPSA al pago de 11,9 millones de euros revocando la sentencia dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga que establecía la cuantía en 7,8 millones tras estimar parcialmente los recursos presentados por UGT y CCOO, entre otros.

En la sentencia, el Tribunal elevaba la condena a 11.891.127,86 euros, cantidad que engloba las indemnizaciones y salarios de tramitación correspondientes a los cerca de 80 de los 240 trabajadores afectados por el cierre que siguieron el litigio con la empresa, así como pagos a Hacienda, Seguridad Social y otros acreedores.

El fallo desestimaba además los recursos de apelación planteados por la demandada y confirmaba la sentencia que declaraba a SIPSA "partícipe y cómplice directa, en determinados actos de naturaleza indudablemente fraudulenta, que han motivado y fundado la declaración del concurso como culpable".

La sentencia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Málaga tenía su origen en la denuncia interpuesta por los trabajadores tras el cierre del hotel por una suspensión de pagos que consideraban fraudulenta.

El 5 de octubre de 2004 la empresa propietaria del Don Miguel cerró las puertas del establecimiento hotelero, presentando un Expediente de Regulación de Empleo (ERE) un mes después de la clausura y con posterioridad a las demandas interpuestas por cerca de 200 trabajadores.

El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Marbella tomó como base dicho ERE para fallar a favor de la empresa y decretó la extinción de los contratos de los empleados con una indemnización de veinte días por año trabajado.

Sin embargo, en octubre de 2007 la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) declaró nulo dicho auto al considerar que el Juzgado de lo Mercantil no era competente para pronunciarse sobre las relaciones laborales mientras no se resolvieran las demandas presentadas anteriormente por los trabajadores.

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