Provincia

Un juzgado absuelve a Bolín de un delito de prevaricación

  • La sentencia dice que no hay pruebas suficientes para romper la presunción de inocencia

El excalde independiente de Benalmádena, Enrique Bolín, ha sido absuelto de un delito de prevaricación tras haber sido denunciado en 2009 por el ayuntamiento de la localidad. El motivo fue la anulación, por parte de Bolín, de un Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos (plusvalía) al que era su primer teniente de alcalde José Nieto. En 2004 el interventor municipal consideró improcedente anular esa liquidación, de 1.708,64 euros, al que entonces era edil de Hacienda con el Grupo Independiente de Benalmádena (GIB) en un equipo encabezado por el alcalde Enrique Moya (PP).

Según la sentencia, el Juzgado de lo Penal número 10 de Málaga ha considerado probado que en 1997, José Nieto Sánchez solicitó al consistorio de Benalmádena la anulación de la liquidación a su nombre por la venta en aquella fecha de un inmueble. Nieto alegó que no le correspondía pagar la misma, según la sentencia, por haberse recogido en las escrituras de transmisión que el pago de la plusvalía correspondía al comprador así como que la deuda tributaria que ascendía a 1.708,64 euros había prescrito. El escrito relata que el acusado, en abril de 2004, en su condición de alcalde-presidente de la ciudad, dictó una resolución administrativa acordando anular la liquidación número 51.423 por el impuesto del Incremento del Valor de los Terrenos a nombre de José Nieto en la creencia de que la petición de éste era legítima.

Por el presunto delito de prevaricación, el Ministerio Fiscal pidió una condena de ocho años de inhabilitación especial para empleo o cargo público, así como una indemnización al ayuntamiento de Benalmádena de 1.708,64 euros; la acusación particular solicitó la misma pena y la defensa del acusado pidió la libre absolución.

El juzgado dice que aunque "consta documentalmente como el acusado adopta una decisión que no respeta lo informado por el interventor del ayuntamiento" no demuestra el hecho de que "adoptase su decisión a sabiendas de que la misma era arbitraria e injusta". El juez ha entendido que "no existe prueba de cargo suficiente como para enervar la presunción de inocencia que asiste al acusado".

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