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Sociedad

El Defensor del Pueblo denuncia malos tratos en centros de menores

  • Múgica denuncia que se les ata y deja sin comer como castigo y el exceso de suministro farmacológico a los menores en caso de grave alteración de conducta.

El Defensor del Pueblo, Enrique Múgica, sorprendió destapando en un informe monográfico sobre los centros de protección de menores con trastornos de conducta en situación de dificultad social, que muchos de ellos vulneran sus derechos, maniatándoles, prohibiéndoles la asistencia al centro escolar o a la salida al patio durante una semana, bajo la denominación 'medidas educativas creativas' o 'medidas correctoras'. Del mismo modo, el texto, que será remitido a la Comisión Mixta Congreso-Senado de relaciones con el Defensor del Pueblo, revela que en el 75 por ciento de las mismas se suministra tratamiento farmacológico a los menores en casos de grave alteración.

La mayoría de los centros de protección de menores con trastornos de la conducta y en situación de dificultad social vulneran los derechos fundamentales de los niños a su cargo, según el informe de  Múgica, que especifica en la utilización de castigos corporales no justificados, maltratos psicológicos, dejarles sin comer, prohibirles asistir a la escuela, humillarles y ridiculizarles.

De este modo, el defensor del Pueblo denuncia  que la mitad de los centros utilizan medidas de aislamiento, que si bien deben aplicarse de forma terapéutica, en ocasiones se llevan a cabo como medida sancionadora e intimidadora. Esta práctica, según la investigación, se produce en salas de reducido tamaño, llamadas 'salas de agitación' o de 'reflexión', que tienen paredes recubiertas de goma negra y ninguna ventana, lo que provoca una atmósfera asfixiante y un gran rechazo a los menores.

También reconoce que los centros realizan registros en las habitaciones de los niños, a los que se les exigen incluso desnudos integrales sin justificación ni comunicación al juez de primera instancia,  al que se le deben trasladar cuantas circunstancias fuesen precisas, en orden de realizar una medida de tal naturaleza, según lo reiterado en el Tribunal Constitucional.

Sobre el régimen de relaciones con la familia, el estudio revela que la frecuencia de las visitas de sus progenitores o demás familiares, así como las salidas del centro, suelen ser motivo de insatisfacción entre los menores, que continuamente demandan un incremento de las mismas. Así, se desprende que en la mitad de los centros visitados por la Institución se establece un número fijo de llamadas semanales y, en algún caso, éstas deben ser pagadas por el menor y no siempre se respeta su privacidad. Del mismo modo, pocas instituciones tienen un programa concreto dirigido a la intervención  familiar por falta de medios.

Otra de las medidas que cuestiona Múgica en el informe es el abuso de tratamiento farmacológico, que se produce en el 75 por ciento de los casos, cuando los internos se encuentran en casos de grave alteración. En este sentido, señaló que aunque estas contenciones deben hacerse "de forma limitada", en muchos centros se realizan varias veces al día y en ocasiones con una agresividad "desproporcionada" que puede producir lesiones físicas.

Por otra parte, destaca que si bien el éxito las intervenciones pedagógicas en los menores tiene que ver con la labor del personal especializado que trabaja en estas instituciones, la investigación revela que en muchos casos el personal se encuentra desmotivado por un trabajo muy estresante, con escaso soporte y formación continua, con horarios variables, una exigencia de disponibilidad total y un salario no especialmente motivador. Esta situación conduce a la mayoría del personal pedir la baja temporal e incluso el cese voluntario.

En cuanto a la vigilancia de estos centros, el Defensor del Pueblo denuncia que muy pocas administraciones competentes hacen un seguimiento frecuente de la situación en que se encuentran. Por este motivo, desde los centros se reclama una mayor proximidad, implicación y especialización de los técnicos de la entidad pública que se ocupan del seguimiento de cada menor. Asimismo, señala que la excesiva burocracia exigida por parte de las administraciones suele tener consecuencias negativas en los menores.

Entre los motivos para la realización de esta investigación, el Defensor del Pueblo señala la entrada de un considerable número de quejas, "cada vez más significativo y creciente", formuladas por padres alarmados ante las dificultades que para la convivencia suponen los graves problemas de inadaptación familiar y social de sus hijos, así como las referidas a las deficiencias e irregularidades que presuntamente se estaban produciendo en el funcionamiento de algunos centros de acogimiento residencial de menores. Para realizar una valoración lo más objetiva posible de la situación, la Institución presidida por Enrique Múgica seleccionó 27 centros entre los 58 actualmente existentes en España.

Entre las 57 recomendaciones del Defensor del Pueblo en el informe destacan la realización de investigaciones que permitan conocer los datos básicos sobre la incidencia de este problema en la sociedad y se preste atención especial al desarrollo de protocolos que delimiten el ámbito de atención a menores con trastornos de conducta, en el marco del Plan Estratégico Nacional de Infancia y Adolescencia 2006-2009.

Asimismo, el Defensor del Pueblo aconseja establecer indicadores que permitan evaluar la efectividad de los distintos programas de intervención puestos en práctica para que la Administración asuma el liderazgo que le corresponde como responsable de los menores; prestar especial atención al cumplimiento de la normativa referida a la adecuación de las instalaciones, con carácter previo a la aprobación de cualquier proyecto; y establecer un marco jurídico general sobre los menores con trastornos de conducta.

Además, solicita a las administraciones competentes (estatales, autonómicas y locales) que intensifiquen las actuaciones dirigidas a establecer dispositivos y recursos intermedios y de rehabilitación de las situaciones de dificultad social desde los ámbitos educativo, sanitario y social que hagan innecesaria la institucionalización de los menores. En este sentido, aconseja que se dote a la Fiscalía de los medios necesarios para realizar el control periódico del funcionamiento y organización de los centros de protección y de los proyectos educativos que en ellos se aplican y que este organismo judicial extreme la vigilancia en los casos de ingresos de menores en centros específicos para el tratamiento de los trastornos de conducta de forma semestral.

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