Sociedad

La Fiscalía pide 18 años de inhabilitación para el juez que retrasó una adopción de lesbianas

  • Considera que los hechos perpetrados por el juez Calamita deben calificarse como prevaricación continuada.

Antonio Barranco, fiscal del Tribunal Supremo, ha solicitado incrementar hasta 18 años la pena de 2 años, tres meses y un día de inhabilitación que el Tribunal Superior de Justicia de Murcia impuso, en su momento, al que fuera juez de familia Fernando Ferrín Calamita. El motivo, retrasar el trámite de adopción de una menor por parte de la esposa de la madre biológica de la pequeña. Además, Barranco ha considerado que los hechos deben calificarse de prevaricación continuada. 

La acusación particular también ha coincidido con la Fiscalía en esta petición o, en su defecto, la imposición al juez de un año más de inhabilitación por un delito de discriminación por motivos sexuales en la prestación de un servicio público. "Dictó a sabiendas resoluciones inauditas únicamente porque se trataba de una pareja de mujeres". 

Así, la Fiscalía ha fundamentado su petición en la existencia de prevaricación en un total de cinco resoluciones dictadas por el juez de Murcia en el expediente de adopción que supusieron "una contradicción grave contra el ordenamiento jurídico". Por ejemplo, la petición de un examen sobre la madre biológica, el nombramiento de un defensor judicial de la niña, o la realización de unas preguntas a la psicóloga del caso, relativas a la conveniencia de que la niña conviviera con dos mujeres, que a juicio de esta parte "revelan una clara condición homófoba".

Por su parte, la defensa de Ferrín Calamita ha instado a la absolución de su cliente. Además, ha acreditado que en este caso su cliente se interesaba por conocer los detalles precisos para tramitar una adopción que, por ser entre personas del mismo sexo, era "totalmente novedosa". 

Así, ha añadido que el hecho de que el expediente instado pro la madre del menor, Vanesa de las Heras, permaneciera 6 meses encima de su mesa en el juzgado "no es delito en ningún juzgado de España, y menos si se trata de un asunto novedoso". "Este juez no hizo lo que normalmente se hace, porque normalmente no se presenta un caso como este en los juzgado", ha añadido la defensa. 

La condena dictada en su día por el Tribunal Superior de Murcia contemplaba el agravante de "desprecio a la orientación sexual de la adoptante", si bien no incluyó calificación del fiscal de "prevaricación al apreciar que no existía "en la mente del inculpado un plan preconcebido para privar la patria potestad a la madre o para conseguir que la adopción no se produjese", según constaba en la resolución. 

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