Normativa

Los jóvenes tendrán más fácil este año la obtención de sus derechos en la PAC

  • En enero han entrado en vigor tres decretos que corrigen algunos desajustes en las solicitudes. Se definen nuevas condiciones para los cultivos beneficiosos para el clima.

Tras la experiencia del primer año de aplicación de la nueva PAC , el Gobierno ha aprobado tres decretos, que han entrado en vigor con el nuevo año, en los que se corrigen algunos desajustes observados en las tramitaciones de la PAC y también algunas condiciones que dificultaban el acceso de los jóvenes agricultores a los derechos que les otorga esta política agraria, como es el caso del acceso a derechos de la reserva nacional y el cobro del 25% extra que se destina a apoyarles.

La nueva normativa afecta a la aplicación de los pagos directos, así como a la gestión y control de los mismos y a la asignación de derechos.

Según explican los servicios técnicos de Cooperativas Agroalimentarias, en lo que se refiere a los jóvenes hay varios s cambios que les afectan especialmente. El primero de ellos es el que simplifica el acceso al pago complementario para jóvenes agricultores, que asciende al 25% del valor medio de los derechos de pago básico. La nueva norma modifica, según Cooperativas Agroalimentarias, los requisitos para acceder a esta ayuda. Así, según esta fuente, mientras que el año pasado se exigía disponer de un expediente favorable de concesión de la ayuda de primera instalación en el ámbito de un Programa de Desarrollo Rural (PDR) o acreditar haber realizado su instalación como agricultor profesional en una explotación prioritaria (o al menos haber solicitado la catalogación como prioritaria en el periodo de solicitud de ayuda y disponer de ella antes de la asignación de derechos) "para 2016 se mantiene el requisito de disponer de un expediente favorable de concesión de la ayuda de primera instalación pero se elimina la catalogación de explotación como prioritaria y será suficiente con acreditar un nivel de capacitación agraria suficiente, teniendo en cuenta criterios de formación lectiva y experiencia profesional".

Asimismo, la nueva normativa simplifica algunos de los requisitos que deben cumplir los nuevos agricultores para el acceso a la Reserva Nacional. Según las fuentes, "al igual que ocurre en el pago complementario, el acceso a la Reserva Nacional se simplifica en el mismo sentido. Para 2016 se mantiene la posibilidad de acceder a esta asignación si el solicitante dispone de un expediente favorable de concesión de la ayuda de primera instalación en el ámbito de un PDR, pero se simplifica tanto que en caso de no disponer de este expediente ya no se exige la necesidad de que la explotación esté catalogada como prioritaria, siendo ahora suficiente con que el interesado acredite un nivel de capacitación agraria suficiente". Según estas fuentes "el objetivo es que todos los productores jóvenes y nuevos que puedan demostrar que cumplen los criterios de capacitación similares a los establecidos por los programas de desarrollo rural puedan recibir derechos de la Reserva Nacional".

En tercer lugar, se eliminan ciertas exclusiones para jóvenes agricultores, que les afectaban tanto para en el nuevo pago complementario como para el acceso a la Reserva Nacional. "Gracias estos cambios -explican- se abren estos pagos a los agricultores que se instalen también exclusivamente en los sectores de frutas y hortalizas, vid y vino, flor, planta ornamental y equino". Y es que hasta ahora se exigía que el agricultor hubiera iniciado su actividad en algunos de los sectores que estuvieran incorporados en el régimen de pago único, o se hubieran incorporado en 2014 en el régimen de pago básico.

Otro cambio es el que se refiere a la actividad agraria necesaria para acceder a los derechos. Según los expertos consultados, se ha adaptado la definición de actividad agraria y las condiciones de "elegibilidad" en el marco de dicha definición, conforme a la interpretación dada por la Comisión Europea. "De este modo, se considera el pastoreo como parte de la actividad agraria y se modifica la lista de actividades de mantenimiento". En opinión de los servicios técnicos de Cooperativas, "puede que el concepto de la actividad agraria aplicada a los pastos sea uno de los aspectos más discutidos a nivel de gestión en las ayudas PAC". Según explican, "todo solicitante de ayudas PAC está obligado a declarar todas las parcelas agrarias que componen su explotación, aunque alguna de ellas no lleve asociada ayuda alguna. Y la modificación de este artículo viene a recalcar la obligatoriedad de realizar, y por tanto declarar, una actividad agraria en todas y cada una de las parcelas declaradas por el solicitante, sin importar si esa parcela es susceptible o no de cobrar ayuda". Se insiste además en que "los datos declarados respecto a esta actividad, que puede ser cultivo, aprovechamiento, como el pastoreo, o labor de mantenimiento, deben ser un fiel reflejo de la realidad con riesgo a sufrir penalizaciones si se comprobase que no se han realizado conforme a lo declarado. Además el pastoreo pasa a considerarse como actividad productiva en vez de labor de mantenimiento".

Otro aspecto destacado es que "para el caso de superficies de pastos en las que perciben ayudas solicitantes que no son ganaderos éstos deberán presentar pruebas que acrediten que esos pastos son mantenidos con alguna de las labores del listado, es decir, que son segados con destino producción de forrajes o están en condiciones productivas adecuadas para ser pastoreados. De lo contrario pueden ser penalizados".

Respecto al pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente y en lo que tiene que ver con la diversificación de cultivos, los decretos nuevos han clarificado aspectos relacionados con las mezclas de cultivos y se han aclarado aspectos sobre limitaciones en la rotación entre cultivos fijadores de nitrógeno y tierras de barbecho, como requisito para las superficies de interés ecológico. Cabe recordar que uno de los compromisos a cumplir para el cobro del conocido como pago verde es dar cumplimiento a la práctica de diversificación de cultivos: hay que cultivar un número mínimo de tipos de cultivos diferentes sin superar unos porcentajes determinados por cultivo. "La nueva norma aclara que el periodo en el que se llevará a cabo los controles para verificar que el número de cultivos distintos y sus correspondientes porcentajes irá de mayo a julio, por lo que recomienda que durante este periodo se mantengan los cultivos en campo".

Además, otra de las novedades del Real Decreto precisamente pasa por especificar que las superficies cubiertas por cultivos fijadores de nitrógeno (leguminosas) que se pretende que computen como superficies de interés ecológico para el cumplimiento de este compromiso deberán ir seguidas en la rotación de cultivo por algún cultivo que no tenga dicha capacidad de fijación.

Otra de las novedades sobre la información que debe contener la solicitud única es la posibilidad de declarar un cultivo secundario para cada parcela de las tierras de cultivo de la explotación, si se diera el caso. Así, según explican los técnicos, "en el nuevo articulado efectivamente se indica que se podrá declarar más de un producto por campaña y parcela, haciendo hincapié siempre en aquel que queramos que compute como cultivo principal para el cumplimiento de la diversificación en pago verde".

Los reales decretos también afectan a las ayudas ganaderas. Según los expertos de Cooperativas Agroalimentarias, "en ganadería se trata de un cambio a favor de la simplificación para facilitar la gestión de la ayuda en el vacuno de leche por la reducción de las cuatro líneas de ayuda que existían a tan sólo dos. Efectivamente antes se diferenciaban dos tramos de ayuda para cada región (España peninsular y región insular/zonas de montaña): a las primeras 75 vacas y a las distintas de las 75 primeras. Ahora los dos tramos desaparecen manteniendo sólo las dos regiones, si bien a las primeras 75 vacas se le pagará el importe completo calculado y a partir de la 75 sólo el 50%. La modificación no afecta a los importes destinados al propio sector lácteo, ni tampoco al resto de las líneas de ayudas".

Asimismo, para simplificar las declaraciones de la PAC, en el caso de las parcelas en régimen de arrendamiento o aparcería, se ha establecido un umbral mínimo, por debajo del cual el solicitante de las ayudas no tendrá que proporcionar el NIF del arrendador o del cedente aparcero. Esto quiere decir, según los expertos que "para esta campaña se ha tenido que declarar, independientemente de la extensión del recinto, el régimen de tenencia y NIF del propietario en caso de tratarse de un arrendamiento o aparcería. Para este 2016, gracias a la modificación del articulado, parece que esta obligación se mantendrá exclusivamente para los recintos de más de dos hectáreas".

Por otra parte, se ha establecido un nuevo caso de cesiones de derechos de pago básico exentas del peaje del 20%, que afectaba a las cesiones de derechos que no iban parejas con la tierra. Así, en 2016 se dará la posibilidad de que un arrendatario de tierras con derechos en propiedad generados por esas tierras traspase la explotación completa (tierras y derechos) a un nuevo arrendatario en un solo paso y exento de peaje, siempre que se aporte un acuerdo tripartito entre tres partes: propietario de las tierras, propietario de los derechos y nuevo arrendatario".

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