'Caso Ere'

La juez Alaya imputa cuatro delitos al ex director de Trabajo Juan Márquez

  • Le atribuye haber concedido 114 ayudas sociolaborales y otras 17 directas por importe de más de 154 millones a pesar de los informes que cuestionaban la legalidad del procedimiento. Le reprocha haber causado un "quebranto económico" a Mercasevilla de más de 9 millones de euros con el ERE de 2007

La juez Mercedes Alaya, que investiga el escándalo de los ERE fraudulentos, ha imputado este martes cuatro delitos continuados de malversación, prevaricación (omisiva y activa), falsedad en documento oficial y omisión de perseguir delitos al ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Junta Juan Márquez Contreras, al que entre otras cuestiones le atribuye haber concedido 114 ayudas sociolaborales y otras 17 directas a empresas por importe de más de 154 millones de euros a pesar de los informes que cuestionaban la legalidad del procedimiento. La juez también le reprocha haber causado a la empresa pública Mercasevilla un "quebranto económico" de más de 9 millones de euros en relación con el ERE de 2007.

La instructora ha relatado a Juan Márquez por espacio de casi una hora la imputación formal al que fuera director de Trabajo entre 2008 y 2010, a quien ha imputado haber concedido 114 ayudas sociolaborales y otras 17 directas a empresas por importe global de 154.250.040,99 euros "a sabiendas" de que existían varios informes de un bufete de abogados y de una auditoría que cuestionaban la legalidad del procedimiento, por lo que la juez insiste en que esas subvenciones se concedieron sin procedimiento y fiscalización.

La juez también le atribuye haber mantenido el procedimiento de concesión de las ayudas y de haber consentido de esta forma que se llevara a cabo un "uso abusivo de fondos públicos" y de que las ayudas fuesen "regaladas a personas próximas a la Junta y al PSOE".

Para la juez, Juan Márquez era "consciente" de que tras los informes del año 2009 de la agencia tributaria sobre las ayudas concedidas al ex chófer del anterior director de Trabajo Francisco Javier Guerrero, el de un despacho de abogados que analizó el procedimiento de las ayudas, y el de una empresa auditora sobre las ayudas concedidas a los empresarios de la Sierra Norte José Enrique Rosendo y José María Sayago, era "jurídicamente inexplicable mantener" el sistema basado en el convenio marco de 2001 y las transferencias de financiación.

La instructora también le ha imputado que no denunciara estos hechos ante la Fiscalía o los juzgados, con lo que violó el artículo 133 del estatuto de autonomía, que establece los principios de actuación de la Administración andaluza. En concreto, este artículo señala que "la Administración de la Junta de Andalucía sirve con objetividad al interés general y actúa de acuerdo con los principios de eficacia, eficiencia, racionalidad organizativa, jerarquía, simplificación de procedimientos, desconcentración, coordinación, cooperación, imparcialidad, transparencia, lealtad institucional, buena fe, protección de la confianza legítima, no discriminación y proximidad a los ciudadanos, con sujeción a la Constitución, al Estatuto y al resto del ordenamiento jurídico".

El relato de imputación de Alaya también señala que el ex director de Trabajo no ordenó el procedimiento de reintegro de las ayudas concedidas en casos como los de los empresarios de la Sierra Norte, ni tampoco trasladó estas irregularidades a la autoridad judicial competente.

En el caso de la empresa pública Mercasevilla, que estuvo en el origen de esta investigación, Alaya ha imputado a Juan Márquez haber causado un "quebranto económico" a esta sociedad de más de 9 millones de euros al haber dado continuidad al compromiso que adquirió Francisco Javier Guerrero en relación con el ERE que afectó a esta empresa en 2007.

La juez le atribuye que conocía la existencia de determinados intrusos, como el ex alcalde de El Pedroso (Sevilla) Rafael Rosendo, y de haber otorgado 30 ayudas a la zona de Huelva con intención de "favorecer" a su sector.

Por último, le atribuye un desvío de fondos a la compañías medidadoras de los ERE, en relación con el cobro de comisiones por las pólizas que superaban en 15% a las de otras empresas del sector.

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