Caso de los ERE

La Fiscalía Superior de Andalucía pide al TSJA que devuelva a Alaya la competencia para investigar a los cuatro últimos aforados

  • Defiende la postura de dividir la macrocausa en piezas separadas para simplificar el procedimiento y garantizar la recuperación de los fondos públicos supuestamente malversados.

La Fiscalía Superior de Andalucía ha pedido al Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) que declare que “no es competente para la investigación y enjuiciamiento” de la investigación contra los cuatro últimos aforados por los ERE, los ex consejeros Carmen Martínez Aguayo, Francisco Vallejo, Antonio Ávila y Manuel Recio, puesto que los mismos perderán su condición de aforados una vez concluyan las elecciones autonómicas del próximo 22-M.

La Fiscalía Superior justifica para que la juez Alaya pueda continuar “sin más dilación” la instrucción una vez que “pierdan las personas relacionadas en la exposición razonada la condición de aforadas al dejar de pertenecer de manera inminente a la diputación permanente del Parlamento andaluz”. En el caso de que no sea atendida esta petición, que se expone como “un imperativo procesal”, el fiscal superior Jesús García Calderón amplía su dictamen con respecto a la posibilidad de escisión de la causa de manera que puedan seguirse “procedimientos separados” en el juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla, en el Tribunal Supremo, y en su caso, en el TSJA.

El dictamen de la Fiscalía concluye que, en el supuesto de que el TSJA estableciera su competencia para conocer la causa con respecto a estos cuatro aforados, la misma “nunca debería extenderse a la investigación y enjuiciamiento del resto de los hechos y de las personas no aforadas que son actualmente investigadas” por la juez Alaya y que ascienden a 264.

La Fiscalía Superior andaluza, como no podía ser de otra forma, se suma a la postura de la Fiscalía Anticorrupción y del Tribunal Supremo de dividir la causa de los ERE en “piezas separadas de enjuiciamiento”, todo ello atendiendo al estado actual de una instrucción que, según recuerda, se inició el 19 de enero de 2011, hace más de cuatro años, y a la necesidad “cada día más urgente de recuperar los fondos públicos presuntamente malversados”, además de la “simplificación y activación del procedimiento y de todas sus garantías o la necesidad de su conclusión en un plazo razonable para que tenga lugar su enjuiciamiento”.

El Ministerio Público, recuerda el fiscal superior, ha entendido que el objeto de la investigación y el examen de las conductas acotadas en la primera exposición razonada –la elevada al Supremo-, es ciertamente “escindible del resto de la instrucción judicial” que se sigue en el juzgado de Alaya, visto que la propia instructora divide la exposición de hechos en dos fases perfectamente diferenciadas: “una primera de ideación y diseño del procedimiento específico para canalizar las ayudas en general y, una segunda etapa, de ejecución administrativa y material, consistente en la suscripción de convenios particulares de colaboración y pólizas de seguro, en las que solamente intervenían, siempre según la exposición razonada, el responsable de la dirección general de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo y el presidente del Instituto de Fomento de Andalucía (IFA/IDEA)”.

Estas consideraciones hacen posible, según la Fiscalía, una investigación separada de las personas aforadas, y así recuerda que a esta misma conclusión llegó el Alto Tribunal cuando dictó el auto de 13 de noviembre de 2014, en el que se abrió causa contra los ex presidentes de la Junta Manuel Chaves y José Antonio Griñán y otros tres aforados-.

En la nueva exposición razonada, la juez Mercedes Alaya implicaba a todo el Consejo de Gobierno presidido por Manuel Chaves entre los años 2005 y 2007 en el conocimiento y mantenimiento del fraude de los ERE, y advertía que, "bajo ningún concepto lógico o razonable, podría negarse a juicio de esta instructora, el conocimiento y mantenimiento de dicho sistema, en primer lugar por la Consejería de Hacienda y sus responsables... y en segundo lugar, por el propio Consejo de Gobierno presidido por Manuel Chaves, quien tras el análisis de dichos expedientes" aprobó mediante sucesivos acuerdos de 19 de abril de 2005, de 29 de agosto de 2006 y de 8 de mayo de 2007 los programas de anuales de Control Financiero Permanente sobre las empresas públicas de la Junta "a propuesta del entonces consejero de Hacienda José Antonio Griñán".

En su dictamen, de 73 folios, Alaya dice que el PSOE, como partido que sustentaba al Gobierno andaluz, fue "beneficiario" del "uso absolutamente discrecional" de los fondos públicos y que eso le produjo "réditos políticos y electorales". La magistrada concluye que, a su juicio, "ni los responsables de la Consejería de Hacienda ni el Consejo de Gobierno ni su presidente pueden justificar razonablemente el uso de las transferencias de financiación por la agencia IDEA (cuyo conocimiento se tenía inequívocamente), y por el resto de las empresas públicas de la Junta. Dice Alaya que, "de forma ilegal", las transferencias se destinaban a la concesión y pago de subvenciones sociolaborales "de las que conocían también que se omitía la fiscalización previa por parte de la Intervención" General de la Junta.

La juez tilda de "corrupto y arbitrario" el sistema, por cuanto generó una "severa injusticia": las ayudas sociolaborales se concedieron sin sujeción a bases reguladoras ni a procedimiento alguno, otorgándose en gran parte a "personas o empresas que por diferentes motivos estaban en el entorno de los sindicatos, de cargos de la Junta o del PSOE andaluz". Las subvenciones, prosigue la juez, se convirtieron en "entregas dinerarias por mera liberalidad de la Administración, en detrimento del resto de la ciudadanía y de los intereses generales". La instructora argumenta que en este sistema con "estructura piramidal" la arbitrariedad "fluye desde arriba, desde los instrumentos esenciales del gobierno de la Administración autonómica" y no se agota en el anteproyecto o proyecto de ley de presupuesto, sino que continúa con las modificaciones presupuestarias.

En la exposición razonada, Alaya introduce una de sus últimas decisiones en la macrocausa, la de extender la investigación a todas las empresas públicas de la Junta por el uso de las transferencias de financiación, a pesar de que estos hechos ya son investigados por otro juzgado. Alaya señala que en la memoria de la Intervención recogía que tanto la agencia IDEA como la Empresa Pública del Suelo de Andalucía (EPSA), la empresa pública de Gestión de Programas Culturas y otras como DAP, Extenda, Egmasa y Turasa "presentaban irregularidades en la contabilización de las transferencias que afectaban a resultados o a la clasificación de su activo y pasivo".

Por último, Alaya volvía a justificar en la exposición razonada su negativa a dividir la causa en piezas separadas para su enjuiciamiento, como ordenó el Supremo, al alertar de un "caos procesal" por las posibles sentencias contradictorias que podrían darse, lo que le lleva a preguntarse si "la existencia de múltiples imputados es razón suficiente para evitar una adecuada investigación de hechos tan complejos en distintos órganos jurisdiccionales, en los que malo es si coinciden en el tiempo y peor aún si no coinciden". Dividir aún más la causa provocaría, según Alaya, "la pérdida del enlace objetivo de los hechos y un absurdo procesal que se arrastraría durante años", además de cuestionarse si no se crearía un "precedente peligroso".

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