Caso de los ere

La Junta recurre el auto en el que Bolaños archiva la causa contra 12 investigados

  • El Ejecutivo andaluz entiende que sus delitos "no están prescritos", por lo que pide la suspensión de la declaración en calidad de testigos solicitada por la juez.

La Junta de Andalucía, personada como acusación en el caso de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, ha recurrido ante la Audiencia Provincial de Sevilla el auto en el que la juez María Núñez Bolaños archivó la causa abierta el 6 de febrero de 2015 por Mercedes Alaya contra 12 imputados -uno ya fallecido- por las ayudas concedidas a empresas de la Sierra Norte de Sevilla al haber prescrito sus delitos toda vez que han transcurrido más de diez años desde que se concedieron las ayudas y se dirigió la causa contra los mismos. 

En un auto dictado el pasado día 15 de marzo, la juez archivó la causa contra estas 12 personas atendiendo así la petición de archivo realizada por la Fiscalía Anticorrupción en marzo de 2015 y los razonamientos expuestos por la Audiencia Provincial de Sevilla en el auto de 9 de marzo de 2016 donde declaró prescritos los delitos de malversación y prevaricación que Alaya imputó a dos beneficiarios de sendas ayudas a entidades de la Sierra Norte. 

En un escrito elevado al Juzgado, la Junta recuerda que en este auto la juez declaró prescritos los delitos imputados a Antonio Diana Expósito, Antonio Florencio Suárez, José Reina Espínola, José Gómez Muñoz, José Bermúdez Ávila, María Rosario Rodríguez Barranquero, Miguel Sáez Fernández, Joaquín Llano Heredia y Beatriz Pérez Martín, siendo citados todos ellos para prestar declaración en calidad de testigos los días 5, 10, 12, 17 y 24 de mayo. 

Es en este punto en el que la Junta informa a la magistrada de que el pasado 28 de marzo interpuso un recurso de apelación directo contra el auto de 15 de marzo "en la consideración de que tales delitos no están prescritos", por lo que solicita la suspensión de la declaración en calidad de testigos de las personas referidas "hasta tanto no se haya recaído resolución judicial firme acerca de la prescripción de los delitos que se les imputa". 

La Junta argumenta esta petición "a los efectos de no generar indefensión a tales personas ante la eventualidad de que tengan que declarar en calidad de investigados". 

La juez archivó la causa contra 12 investigados atendiendo así la petición de archivo realizada por la Fiscalía Anticorrupción en marzo de 2015 y los razonamientos expuestos por la Audiencia Provincial de Sevilla en el auto de 9 de marzo de 2016 donde declaró prescritos los delitos de malversación y prevaricación que Alaya imputó a dos beneficiarios de sendas ayudas a entidades de la Sierra Norte. 

La juez dice que, "al igual que en los supuestos analizados por la Audiencia Provincial, en el resto de los casos cuya prescripción solicita el Ministerio Público no existen otras resoluciones, previas a la del auto de 6 de febrero de 2015, que reúnan la condición de 'actos de interposición o de dirección judicial contra esa persona determinada o determinable, de los que pudiera deducirse la voluntad judicial de no renunciar a la persecución y castigo del ilícito". 

Según expone la magistrada en este auto, "no es sino con el auto de 6 de febrero de 2015 cuando se colma la exigencia del artículo 132 del Código Penal respecto de las personas para las cuales pide el Ministerio Público la declaración de prescripción de los delitos de prevaricación y malversación". 

La juez explica que, en todos los supuestos solicitados por la Fiscalía, "se trata de ayudas en cuantía inferiores a 450.000 euros", en las cuales "podemos considerar no resulta de aplicación el subtipo agravado acogiendo el criterio meramente objetivo sostenido por el Ministerio Público y estableciendo como límite la cuantía para la cual la normativa reguladora de la agencia IDEA, antes IFA, exigía pasar por la ratificación/aprobación del Consejo Rector, signo evidente de que la Administración pública concedente las consideraba de especial relevancia por su cuantía".

Asimismo, la instructora pone de manifiesto que, en todos los  supuestos solicitados por el Ministerio Público, las ayudas "han sido abonadas con más de diez años de antelación a la fecha del auto de 6 de febrero de 2015", cuando la juez Mercedes Alaya imputó en la causa a estos 12 empresarios de la Sierra Norte de Sevilla. 

Por todo lo anterior, la juez declara prescritos los delitos de prevaricación y malversación de caudales públicos y archiva la causa contra Luis García García por su participación en la ayuda concedida a S.C.A. Virgen de Belén (almazara de aceite situada en Las Navas de la Concepción) y contra Juan Manuel Prieto Guerra por su intervención como presidente de la Asociación Sierra Norte para la Atención del Disminuido Psíquico (Asnadis) en la tramitación y cobro de una subvención de la Consejería de Empleo por importe de 180.303,63 euros. 

Hay que destacar que la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Sevilla ya estimó en su auto de 9 de marzo los recursos presentados contra su imputación por ambos encausados y declaró prescritos los delitos que Alaya les imputó. 

La juez Núñez también declara prescritos los delitos y archiva la causa contra Antonio Diana Expósito en relación a la ayuda de 60.000 euros pagada el 30 de julio de 2004; Antonio Florencio Suárez, respecto de su participación en la obtención de la ayuda concedida a la empresa Coflosur por importe de 60.000 euros pagada el 18 de enero de 2005, y José Gómez Muñoz, vecino de El Pedroso que recibió una ayuda de 90.151,81 euros el 2 de julio de 2003. 

También considera prescritos los delitos cometidos por Eustaquio Reina -ya fallecido- y José Reina Espínola respecto de su participación en la obtención de la ayuda por la empresa Eustaquio Reina por importe de 300.000 euros pagada el 18 de enero de 2005, y por José Bermúdez Ávila y María del Rosario Rodríguez Baranquero, respecto de su participación en la obtención de la ayuda por la empresa Gestión Turística del Sur por importe de 390.657,87 euros pagada el 18 de enero de 2005. 

Asimismo, la juez archiva la causa contra Miguel Ángel Sáenz Fernández, respecto de su participación en la obtención de una ayuda a El Olivar de los Infantes por importe de 150.252 euros, pagada el 9 de marzo de 2003; contra Joaquín Llano Heredia, por su participación en la ayuda a su empresa Refractarios y derivados pagada el 5 de diciembre de 2001 por importe de 150.253,03 euros, y contra Beatriz Pérez Martín por su participación en la ayuda concedida a su empresa Producciones Barataria, cuyo último pago fue el 7 de julio de 2004 y ascendió a 210.354,24 euros. 

Tras esta decisión, la juez dictó el pasado 28 de marzo sendos autos en los que archivó la causa contra el alcalde de Santiponce (Sevilla), José López González (IU), y otras tres personas -una ya fallecida-, al haber prescrito también sus delitos.  

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