Sevilla

Los padres de Marta insisten en la nulidad y la repetición del juicio

  • Sostienen que la valoración del tribunal puede tacharse de "absurda, ilógica e irracional" y critican que se rechazara a siete testigos que podrían haber cambiado "el resultado".

Los abogados de la familia de Marta del Castillo no ven otra opción que plantear la nulidad del juicio celebrado en la Audiencia de Sevilla y proceder a la celebración de un nuevo proceso ante un tribunal del Jurado o ante la propia Audiencia. Esto es lo que se desprende de los siete motivos de casación que han planteado en su anuncio de recurso ante el Tribunal Supremo, que conllevaría esas posibilidades en el supuesto de que fuesen estimado algunos de los argumentos de la familia.

El bufete Montero Aramburu, que representa a la familia, explicó que en ese supuesto podrían ser "condenados todos los acusados" y, sólo con carácter subsidiario, esta acusación particular ha planteado algunos motivos que, aceptando los hechos probados, interesan la condena de Miguel Carcaño por el delito de profanación de cadáveres -además del asesinato- y de Samuel Benítez Pérez como presunto encubridor del crimen y también por profanación.

El abogado José María Calero señala en el anuncio de recurso ante el Tribunal Supremo que la sentencia de la Sección Séptima de la Audiencia de Sevilla ha vulnerado el derecho fundamental al juez predeterminado por la ley, después de que se interrumpiera la tramitación del procedimiento por la vía del tribunal del jurado y al dictarse la misma en un procedimiento "separado y posterior" al que condenó al Cuco.

La acusación considera que se vulneraron los derechos de la familia al rechazar la Audiencia que declarasen siete testigos -un amigo de Carcaño, las hermanas de Rocío y una amiga de ésta, los padres de Samuel Benítez, y el comisario jefe de la brigada de Policía Judicial Manuel Piedrabuena- y otros peritos que "podrían haber influido en el fallo como en la defectuosa redacción de la sentencia".

La representación jurídica de la familia ataca la valoración realizada por la Audiencia de Sevilla, al considerar que puede tacharse de "absurda, ilógica e irracional en muy diversos puntos cruciales de los hechos", sobre todo en lo que se refiere a la consideración de las declaraciones de Miguel Carcaño como la única fuente directa de información sobre cómo murió Marta.

Como ejemplo señala que la sentencia dice que Miguel Carcaño y el Cuco se separaron sobre las 22:15, pero también afirma que la muerte de Marta "tuvo lugar entre las 21:00 horas y las 22:15" y luego da por probado que el cadáver de Marta fue sacado del piso de León XIII "sobre las 22:15 horas".

El letrado de la familia también considera que "ofrecen obscuridad e incomprensión" en el relato de hechos probados la aparición sorpresiva -sin contacto con Miguel Carcaño ni con el Cuco- del "tercero o terceros no identificados" que ayuda a los anteriores a deshacerse del cuerpo, o que el tribunal señale que en la franja horaria en que se producen los hechos el Cuco llamó a Samuel a las 21:24 "sin hacerle partícipe de lo ocurrido". También se pregunta la acusación cómo es posible que la resolución no diga nada sobre "dónde quedó la silla de ruedas utilizada para el traslado del cadáver, durante el tiempo que va entre las 22:15 y las 02:00 horas del día siguiente y por qué no fue devuelta al lugar de origen tras su utilización". Tampoco se explica, a juicio del abogado de la familia, que María García no se aperciba del "necesario ruido" en la madrugada de la silla de ruedas y sí se despierte poco después por la llamada de un móvil.

Todo ello lleva a la acusación particular a alegar la falta de "claridad, contradicción e incoherencia en el relato fáctico en extremos relevantes del mismo, de tal modo que no es posible conocer con precisión qué es lo que el tribunal considera probado".

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