Andalucía

El TC falla que la experiencia de los interinos no computa para los méritos

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de amparo de una persona que pedía computar y valorar los años de servicios previos de interina en el apartado de antigüedad, como funcionaria de carrera en las bases del concurso de méritos, según una sentencia publicada el pasado martes en el BOE.

El Sindicato Andaluz de Funcionarios (SAF) celebró ayer que éste es el argumento que ha defendido durante años y sostuvo que a la Junta de Andalucía "se le acabaron las excusas para no convocar el concurso de méritos".

El SAF recordó que en unas declaraciones a prensa ofrecidas en noviembre del pasado año, la consejera de Hacienda y Administración Pública, María Jesús Montero, insistió en la necesidad de "disponer de una jurisprudencia clara y definitiva" en la materia y "en ello trabaja el Tribunal Constitucional".

El SAF, "único sindicato que se enfrentó a la polémica rebaremación en el anterior concurso", exigió a la Junta que cumpla el fallo firme del Constitucional "y respete los derechos de los miles de funcionarios de toda Andalucía, que en muchos casos sufren una verdadera penuria económica, desarraigo familiar, desplazados con cargas de dependencia...".

El sindicato presentó un escrito a la Secretaria General de Hacienda y Administración Pública para solicitar la identificación de los responsables de la no convocatoria de los concursos de méritos, tras casi cuatro años de espera.

Desde sus inicios, SAF expuso que ha luchado en todas las vías legales a su alcance por las convocatorias de los concursos del personal funcionario de la Administración General de la Junta conforme a lo dispuesto en el Decreto 2/2002, que dispone que los concursos de méritos deben convocarse, al menos, con una periodicidad semestral y de igual trato que al resto de funcionarios.

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