doble crimen de almonte | la sentencia absolutoria

La juez del crimen de Almonte avala en su sentencia al jurado

"El veredicto del jurado está motivado suficiente y razonadamente por cuanto contiene los elementos y razones de juicio que permitan conocer cuáles han sido los criterios que fundamentan la decisión de inculpabilidad" de Francisco Javier Medina, defendido por el letrado Francisco Baena Bocanegra y exculpado el 6 de octubre por el tribunal popular que lo juzgó durante casi un mes en la Audiencia de Huelva por el doble asesinato de Miguel Ángel Domínguez y su hija María. Así lo hace constar la presidenta del tribunal del crimen de Almonte, la magistrada Carmen Orland, en la sentencia absolutoria con la que refrenda los argumentos de la defensa.

En la resolución se da por probado que en un momento no determinado y en torno a las 22:00 del 27 de abril de 2013, "una persona no identificada" acudió al domicilio de Domínguez, en el número 3 de la avenida de los Reyes de Almonte y acabó con la vida de padre e hija tras apuñalarlos.

La presidenta del tribunal popular recuerda que los jurados "han encontrado no culpable al acusado" de ambos delitos de asesinato, y recuerda que esgrimieron como elementos de convicción, en primer lugar, el tiempo. Creen los nueve miembros del tribunal que, tras el contraste de las declaraciones que se han manejado en el juicio y la hora aproximada del crimen detallada por los forenses (22:00), "no queda acreditado que Medina entrara en la vivienda y causara las muertes", como su defensa mantuvo en la vista oral.Además, dan relevancia a las testificales de una compañera de trabajo en el supermercado, Maite Espina, y de la ex novia del exculpado, Raquel Granado, quienes "lo sitúan en el establecimiento a la hora en que ocurrieron los hechos".

Orland especifica que "en las sentencias condenatorias el canon de motivación es más riguroso que en las absolutorias". Y el fallo está suficientemente motivado, afirma. "Las tesis acusatorias se apoyan en pruebas de carácter circunstancial". La interpretación de los indicios ha dado lugar a la conclusión a la que ha llegado el jurado, "la de no tener por autor de los hechos al acusado".

El tiempo para el anunciado recurso de apelación de la acusación particular ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha empezado a correr y se agotará el próximo 2 de noviembre. La acusación ha solicitado a la Audiencia una moratoria de 20 días más.

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