Tribuna de opinión

La descentralización pendiente

  • Una Andalucía con unos ayuntamientos fortalecidos no tiene que implicar una Andalucía debilitada, porque la comunidad no es sólo la Junta, sino la suma de sus ciudades y pueblos

A  los  veintisiete años de la vigencia de la  Constitución puede decirse que la  descentralización  en las comunidades autónomas esta consolidada, ya que en 1982 estaban todas constituidas, mientras que está pendiente  todavía la  descentralización del Estado y sobre todo de las  comunidades autónomas en los ayuntamientos. Tarea no fácil porque sobre el  régimen local tienen competencia el  Estado, a nivel de leyes de bases, y las  comunidades autónomas, a nivel de leyes de desarrollo, también porque el  Estado y las comunidades autónomas tienen respectivas competencias legislativas sobre las  competencias de los  ayuntamientos y diputaciones y asimismo porque estos no tienen capacidad de iniciativa para poner en marcha un proceso de descentralización  municipal. A estas dificultades hay que añadir que la  descentralización  en los  ayuntamientos ha de ser necesariamente asimétrica por la  distinta población de los  mismos.

Esta segunda descentralización  se ha intentando canalizar a través del Pacto Local con el  Estado promovido por la  Federación Española de Municipios pero junto a él  se abrieron diecisiete procesos de negociación con las comunidades autónomas para alcanzar Pactos Locales a nivel autonómico, con lo  cual, como ha dicho Orduña Rebollo, la  aspiración de concluir un Pacto de Estado en esta materia no ha tenido los  resultados esperados (Municipios y Provincias. Madrid 2003, página 693).

Hay que recordar que muchos ven en la  segunda descentralización  un debilitamiento de la comunidad autónoma, ante el  fortalecimiento de los  ayuntamientos, pero en una Andalucía con unos ayuntamientos fortalecidos no tiene que implicar una Andalucía debilitada porque Andalucía no es sólo la  Junta de Andalucía sino la  suma de ciudades y pueblos de su territorio y además porque no se pueden contemplar las  descentralizaciones  a niveles inferiores como un debilitamiento de la  Administración que se descentraliza ya que ello  conduciría a un modelo de Estado centralizado para evitar que las  comunidades autónomas lo  debilitaran. La  segunda descentralización  es urgente porque muchos ayuntamientos tienen dificultades financieras, están entrampados y a veces el  pagar las nóminas les supone un gran esfuerzo.

La descentralización en los ayuntamientos ha de ser necesariamente asimétrica por la distinta población de los mismos

 Los  dos grandes temas que plantea la  descentralización  municipal son el  de las  competencias a transferir y el  de la  financiación.En cuanto a las  primeras beneficia a los ayuntamientos el  principio de subsidiariedad, tan proclamado por la Unión Europea a través del Derecho Comunitario y del propio Tratado para una Constitución Europea que le  dedica especial atención. Este principio determina cual sea la  Administración competente en cada materia y proclama que las  competencias públicas deben ser tituladas por las administraciones más cercanas y próximas a los  ciudadanos lo  que beneficia a los  ayuntamientos, pero junto a tal principio existen otros, también determinantes de la  atribución de competencias, como son el  de eficacia, proclamado en el  artículo 103 de la  Constitución española y el de territorialidad entre otros. Hay competencias que pueden ser ejercitadas más eficazmente por administraciones de ámbito superior al municipio y hay materas cuya gestión requiere un territorio más extenso del término municipal.

Andalucía, por su sistema de ciudades, se presta a una adecuada descentralización  municipal, sus capitales de provincias cuentan con población y organización eficaz para desempeñar las  competencias que se le  transfieran, sin perjuicio de los  medios financieros complementarios, en cada provincia existen un número importante de grandes municipios capaces también de gestionar eficazmente los servicios que se le  traspasen. Esta aproximación a los  ciudadanos del ejercicio de las  competencias y de la  solución de sus problemas harán valorar más a la  autonomía sobre todo si esa descentralización  pendiente se lidera por la  Junta de Andalucía a quien no puede verse como enemiga de la  descentralización  pendiente , y como defensora del actual sistema autonómico centralizado. Para dar idea de la  importancia de la descentralización  pendiente , diré que el  porcentaje actual del gasto público que efectúan las  corporaciones locales es del 15% y que el deseable sería que pasara al 25% y hay quien defiende el  30%.

Pero junto a la  ampliación de las  competencias esta el  tema financiero ya que no bastaría con las  consignaciones que recibieran los  ayuntamientos del Estado y de las  comunidades autónomas, correspondientes a los  servicios transferidos, sino que sería imprescindible que recibieran también, de ambos, fondos incondicionados que ellos distribuyeran libremente, además de las  compensaciones cuando tienen que ejecutar competencias de otras administraciones públicas. La  descentralización  pendiente  que beneficiaría a todos los  españoles y a todos los  andaluces, requiere también una reforma de la  Ley de Haciendas Locales. Hoy muchos ayuntamientos se financian de los  convenios urbanísticos pero las Haciendas locales deben ser autónomas y suficientes. Una Andalucía con unos ayuntamientos fortalecidos no tiene que implicar una Andalucía debilitada, porque la  comunidad no es sólo la  Junta, sino la  suma de sus ciudades y pueblos

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