Andalucía

El fiscal pide dos años de cárcel más para Del Nido por el caso Minutas

  • Entiende que los servicios jurídicos del abogado no pretendían beneficiar los intereses de Marbella sino detraer fondos públicos

El fiscal del Tribunal Supremo pidió ayer que se agrave en dos años la condena impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga al abogado y presidente del Sevilla FC, José María del Nido, por el caso Minutas -siete años y medio- al considerar que, además de los delitos de fraude, malversación y prevaricación por los que fue condenado, también cometió el de falsedad en documento mercantil con los documentos creados para las minutas de sus trabajos jurídicos.

El Tribunal Supremo revisó ayer en vista pública los recursos presentados a la sentencia de la Audiencia Provincial por el fiscal y por los condenados, entre los que también se encuentran el ex alcalde de Marbella Julián Muñoz, que fue condenado a las mismas penas que el primero; el ex asesor de Urbanismo del Ayuntamiento de Marbella Juan Antonio Roca, al que se le impusieron cuatro años de prisión por fraude y malversación de caudales públicos; y la ex mujer de Del Nido, Ángeles Carrasco, condenada a dos años de cárcel y seis de inhabilitación, por fraude en concurso con malversación.

En su recurso de casación, al igual que en el juicio de origen, el fiscal pidió que el presidente del Sevilla fuera condenado a dos años más de cárcel por esa falsedad documental al considerar que los mismos se confeccionaron con la intención de llevar a cabo una alteración, "reflejando una operación inveraz".

Por otra parte, el representante del Ministerio Público también pidió para los condenados por prevaricación -Del Nido y Muñoz, entre ellos- una pena independiente por éste, aunque en la práctica no supone más cárcel. En la sesión de ayer, el representante de la Fiscalía consideró acreditado que, aprovechando la "falta de control financiero" que imperaba en el Consistorio marbellí, los acusados actuaron para "detraer fondos públicos" con "servicios fraudulentos".

Así, mantuvo que "no se puede acreditar la necesidad de los servicios" jurídicos contratados a los abogados, que muchos de ellos ni siquiera existieron y que algunos incluso fueron "contrarios a los intereses municipales". En ese sentido, hizo mención al caso del ex presidente de Baleares Jaume Matas, a quien se absolvió de prevaricación y falsedad porque, pese a que la contratación de un determinado periodista para que le escribiera sus discursos fue "irregular", sí se pretendía actuar en beneficio del interés general. "Aquí ocurre algo diametralmente distinto, porque se ha considerado que estos trabajos fueran inexistentes e innecesarios para Marbella" y en lugar de buscar el interés público, "lograron detraer fondos", explicó.

El fiscal rechazó los recursos de los condenados manteniendo que "se intentó dar apariencia de legalidad pero las resoluciones dictadas fueron arbitrarias y ajenas al interés público, ninguna procuró beneficio a los intereses municipales", subrayó. En esa misma línea, destacó que además de "pactar" los expedientes se cometieron "arbitrariedades" en el precio de los servicios y, en ese sentido, recordó que el Ayuntamiento no es una empresa privada sino que "debe ajustarse a determinada normativa".

Por su parte, la acusación ejercida por el Ayuntamiento de Marbella respaldó la tesis de que las minutas cobradas por los abogados no eran una "consecuencia" del servicio jurídico encargado sino "un mecanismo en el que arrancaba el detraimiento de los fondos públicos".

En lo que se refiere a las defensas, la del mandatario del club sevillano, mantuvo que la posible irregularidad del servicio o la necesidad del mismo no es reprochable ni atribuible al profesional que lo realiza porque no compete a éste valorar si el mismo es necesario. "No se le puede considerar responsable o condenar de ese vicio porque él presta los servicios y los minuta de acuerdo a mercado", añadió el letrado, que defendió en su recurso que la mera presentación de una minuta para cobrar un servicio no puede ser considerado cooperación.

Durante la defensa del recurso, en el que se pide la absolución de Del Nido, el letrado también resaltó que a éste "no se le puede reprochar haber infringido el deber de fidelidad o de cuidado de fondos públicos" porque es algo que "no existe" para él, ya que no es funcionario.

Por su parte, la defensa del exalcalde Julián Muñoz negó que haya existido "maquinación" en el pago de las minutas porque los trabajos fueron "encargados" por "orden" del entonces alcalde Jesús Gil. Muñoz no incurre en prevaricación porque, según argumenta su abogado, "están contratando a quien dice el alcalde".

El Sevilla Fútbol Club recordó ayer en un comunicado que la defensa de Del Nido sostiene que los cobros de su presidente cuando ejercía como abogado del Ayuntamiento de Marbella fueron ajustados a derecho, dentro de las minutas del colegio de abogados. Añadió que los trabajos contratados fueron todos completados y que la propia sentencia condenatoria "no discute la valoración de las facturas, nadie ha demostrado que fueran excesivas". El hecho de que los servicios de Del Nido fueran o no necesarios "no era su responsabilidad, eso compete al Ayuntamiento; él como particular prestó un servicio y fijó unas minutas adecuadas", concluyó el comunicado.

Comentar

0 Comentarios

    Más comentarios