Hospitales andaluces

Salud continuará con la compra de 68 TAC aunque lo anule el tribunal

  • La Consejería dirigida por Jesús Aguirre informa de que los requisitos del contrato, ahora impugnado cautelarmente, "se volverían a redactar" tal como dictamine el Tarcja

Una paciente se somete a un TAC en un hospital de Málaga.

Una paciente se somete a un TAC en un hospital de Málaga. / Javier Albiñana

Andalucía dispondrá en los próximos meses de 68 equipos de TAC en sus hospitales, independientemente de lo que resuelva el Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales de la Junta de Andalucía (Tarcja). Este tribunal, adscrito a la Consejería de Hacienda, Industria y Energía, ha suspendido cautelarmente el expediente de licitación de compra de estos casi 70 equipos de diagnóstico para el Sistema Andaluz de Salud (SAS) a la espera de una decisión definitiva.

Fuentes de la Consejería de Salud y Familias informaron a este periódico de que, en caso de que el Tarcja "anule de modo definitivo" el procedimiento, "se volvería a redactar la convocatoria atendiendo al dictamen del tribunal".

De este modo, el departamento dirigido por Jesús Aguirre proseguirá con el expediente del contrato de compra de los 68 equipos de diagnóstico licitados por el anterior Gobierno en funciones una vez que el tribunal administrativo resuelva la decisión, un plazo que fuentes de la Consejería de Hacienda, Industria y Energía estiman en un plazo de entre uno y dos meses, tal como informó este periódico días atrás.

El origen del caso se remonta al pasado 26 de diciembre. Aquel día, el Ejecutivo andaluz anunció al término de la penúltima reunión del Consejo de Gobierno un procedimiento de licitación de 68 equipos de Tomografía Axial computarizada (TAC), dispositivos usados para el diagnóstico de patologías coronarias y tumores, entre otras utilidades.

Un expediente de licitación con obstáculos

El calendario del concurso se había puesto en marcha. Las empresas de equipos tecnológicos empezaban la competición por un contrato millonario, debiéndose atenerse a los requisitos contemplados en los pliegos de la licitación.

La carrera por la adjudicación, sin embargo, reveló una serie de obstáculos inesperados para las entidades suministradoras de los TAC. Surgían las dudas sobre los requisitos, cuya formulación, en no pocas condiciones, fueron consideradas de extraordinaria.

Tanto fue así que el procedimiento de licitación contuvo pasos inesperados en su transcurso: una tardía memoria justificativa, una reunión entre industria y administración para la resolución de dudas y la concesión a las empresas de una ampliación del plazo de presentación de las ofertas.

El recurso de la empresa Althea

No fue el único traspié de este accidentado procedimiento. Una empresa, Althea Healthcare España S. L., decidió elevar al Tarcja la impugnación del citado expediente. El tribunal, como respuesta urgente al recurso, resolvió el pasado 7 de febrero la paralización cautelar del contrato, que asciende en su conjunto a 41,8 millones de euros, que es el dinero aproximado que le cuesta a la Junta de Andalucía el sistema de bonificación de matrículas del ámbito universitario.

El Tarcja, organismo adscrito a Hacienda, adoptó en primera instancia la suspensión cautelar del citado contrato atendiendo a fundamentos jurídicos genéricos como el de la "necesidad de justificación o prueba", "el periculum in mora", la "ponderación de los intereses recurrentes" y, además, por la "apariencia de buen derecho", según figura en la resolución provisional del tribunal administrativo.

En el escrito del recurso, que el tribunal se encuentra examinando en estos momentos y que deberá resolver definitivamente antes del verano, Althea argumentó la solicitud de la nulidad del contrato de compra de los 68 TAC en base a cinco puntos.

Argumentos del recurrente

A saber, en primer lugar, la empresa recurrente estima el "impedimento de la presentación pública electrónica", así como la "no división del contrato en lotes", puesto que la licitación de la compra de los TAC será destinada a un adjudicatario único.

En cuanto a los otros tres puntos, el recurso de Althea impugna también que la venta requiera de un adjudicatario que pueda presentar un "mínimo de 40 contratos", algo que la defensa de Althea estima arbitrario. Igualmente, los abogados aprecian criterios en la evaluación como la "amigabilidad y la confortabilidad", detalles que no responden al espíritu de los requisitos. Como quinto punto de la empresa recurrente se incide en la existencia de contradicciones en los baremos de evaluación.

De los nuevos 68 TAC que adquirirá el SAS en los próximos meses, 57 estarán destinados a la reposición de equipos ya obsoletos. De ese modo, el SAS dispondría de un parque tecnológico con una edad útil que cumple los parámetros recomendables de huella de energía sugeridos por los organismos competentes.

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