Sevilla

El instructor del informe sobre el juez del 'caso Mari Luz' cree que debe ser sancionado

  • La Fiscalía pide aumentar la sanción que solicita el instructor (entre 300 y 3.000 euros), al considerarla 'muy grave'

El Instructor encargado de elaborar el informe disciplinario sobre la actuación del titular del Juzgado de lo Penal nº 1 de Sevilla, Rafael Tirado Márquez, por no ejecutar una sentencia condenatoria contra Santiago del Valle, presunto asesino de la joven onubense Mari Luz Cortés, ha concluido que el magistrado debe ser sancionado por cometer una "falta grave", penada con sanciones económicas. Así se desprende del informe emitido hoy por la Fiscalía General del Estado, que discrepa del criterio del Instructor al indicar que el juez Tirado debería ser sancionado por haber cometido una infracción "muy grave".

En caso de que el CGPJ atienda finalmente al informe del Instructor -elaborado por el presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, Wenceslao Olea, a petición del propio Consejo- el juez Tirado tan solo sería amonestado con sanciones económicas de entre 300 y 3.000 euros por la tardanza en la ejecución de una sentencia contra Del Valle por un caso anterior de malos tratos por el que se le condenó a dos años de cárcel.

Por ello la Fiscalía eleva su calificación de los hechos considerando que el juez incurrió en una falta "muy grave" por la que podría ser sancionado con "la suspensión por hasta tres años, traslado forzoso o separación de conformidad con lo dispuesto en el art. 420.2 LOPJ", es decir, la separación de la carrera judicial.

Tras analizar los hechos, el Fiscal constata que, "tras la denegación de la suspensión de condena de Santiago del Valle y el correspondiente Auto de ingreso en prisión, que no pudo ser notificado por encontrarse el condenado fuera de su domicilio, el Juez Tirado no adoptó ninguna resolución de búsqueda transcurriendo así más de dos años, ni tampoco examinó la ejecutoria en cuestión para comprobar las razones del retraso en el ingreso en prisión".

No sólo el deber de juzgar, también de ejecutar lo juzgado

Además, el Ministerio Público entiende que "en estas circunstancias -incomparecencia del penado, no suspensión de condena-, lo procedente habría sido ordenar la busca y captura del penado Santiago del Valle, expidiendo las requisitorias pertinentes".

"La función jurisdiccional comprende no sólo el deber de juzgar sino también el de ejecutar lo juzgado", sentencia la nota difundida hoy por la Fiscalía en la que añade que "aunque es cierto que en la práctica intervienen en la ejecución de sentencias los distintos integrantes de la oficina judicial, el Juez tiene la obligación de controlar y dirigir la actividad procesal para que se lleve a efecto la sentencia".

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