Juicio de los ERE

La Fiscalía pide al tribunal que se pronuncie sobre si en este juicio se investigan las 270 ayudas de los ERE

  • Pide al tribunal que realice una "delimitación objetiva" del procedimiento para evitar posibles indefensiones

Decidir sobre si en este juicio sólo se investiga el sistema por el que se concedían las ayudas o si también entran las 270 piezas separadas en las que se divide la macrocausa. Ésta es la disyuntiva que ha planteado la Fiscalía Anticorrupción como cuestión previa. La Fiscalía Anticorrupción ha pedido este martes a los magistrados de la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla que enjuician el denominado “procedimiento específico” de los ERE que se pronuncien sobre si respaldan la decisión de la Sección Séptima de la misma Audiencia de que en este juicio se engloba la posible responsabilidad de los ex altos cargos en relación con las 270 ayudas que se investigan, es decir, debe haber un único juicio para los 22 ex altos cargos de la Junta procesados, en aplicación del principio non bis in ídem, por el que fueron excluidos o apartados del resto de las 270 piezas separadas que hay en la macrocausa de los ERE.

El fiscal Juan Enrique Egocheaga ha pedido a la Sala que antes de comenzar a practicar las pruebas de este juicio que realice una “delimitación objetiva” del procedimiento que se está enjuiciando, puesto que ha señalado que inicialmente la Sección Séptima de la Audiencia “consagró” la división de las piezas separadas acordada en noviembre de 2015 por la juez María Núñez Bolaños, que estableció una división inicial en seis bloques: procedimiento específico, sobrecomisiones, y las ayudas a Acyco, Surcolor, Cenforpre, así como las concedidas a los empresarios Sayago y Rosendo, este último fallecido.

“El problema que se plantea es cuál debe ser el criterio acertado”, ha precisado el fiscal, si el empleado por la Sección Séptima cuando acordó que sólo debe haber un único juicio para los 22 ex altos cargos imputados, o el que se expuso en el auto de 31 de mayo de 2016 por el que se transformó esta causa en un procedimiento abreviado y que no incluía las presuntas responsabilidades por el pago de las ayudas individuales.

El fiscal ha recordado que de la macrocausa de los ERE hay unas 270 piezas diferentes, de las cuales sólo se han “incoado formalmente” unas 104 piezas y de éstas, únicamente en 35 se ha realizado alguna investigación relacionada con los trabajadores incluidos en empresas en las que no trabajaron –los llamados intrusos-, los mediadores de seguros o los “auténticos conseguidores”.

Egocheaga ha sido contundente al afirmar que “ni de una manera genérica” están incluidas estas 270 piezas en el denominado “procedimiento específico” de los ERE y en este caso no se puede entender que haya “una generalización de las conductas”, porque cada ayuda concedida tiene particularidades. “A día de hoy no contamos con un procedimiento global de las 270 piezas”, ha insistido el fiscal, que ha expuesto al tribunal que en este contexto caben varias posibilidades, como sería “devolver las actuaciones” al juzgado de instrucción para que se deje sin efecto el auto de procedimiento abreviado, “adaptándolo y adecuándolo a todas y cada una de las ayudas” o, por el contrario, evitar cualquier posible indefensión a las partes manteniendo la “intangibilidad” de las resoluciones judiciales dictadas y realizando esa delimitación objetiva.

El fiscal ha defendido que este juicio debe ceñirse al “diseño del llamado procedimiento general” por el que se concedían las ayudas pero sin que se someta en el mismo “ninguna de las ayudas individuales” que tienen sus piezas separadas concretas para depurar las posibles responsabilidades, y esto es, ha añadido, “conforme” con la resolución de la Sección Séptima, que “no ha acordado el sobreseimiento, sino un apartamiento” de los ex altos cargos de cada una de las piezas.

El fiscal ha advertido al Tribunal que si comparte el criterio de la Sección Séptima, si se considera “vinculada” por la Sección Séptima respecto a que este juicio engloba la intervención de los ex altos cargos en la totalidad de las ayudas, habría que incorporar “todas las actuaciones” que hay en las distintas piezas separadas, y las declaraciones realizadas en el mismo, con el inconveniente de que además sólo se han incoado formalmente 105 piezas hasta la fecha.

El representante del Ministerio Público ha aludido además a las “diferencias de criterios” tanto de la Sección Séptima como de la titular del juzgado de Instrucción número 6 de Sevilla.

Varias defensas expusieron al tribunal la “sorpresiva” petición de la Fiscalía y alegaron que las cuestiones previas que plantearán lo hacen “a ciegas”, puesto que éstas podrían variar en función de la decisión que el tribunal tomara ante la “disyuntiva” planteada por el Ministerio Público.

El magistrado que preside el juicio, Juan Antonio Calle Peña, ha intervenido para poner de manifiesto que el objeto de este juicio está delimitado ya por los autos de procedimiento abreviado y de apertura de juicio oral, así como por los escritos de acusación, “en tanto que no haya otra resolución del tribunal”, ha aseverado el magistrado.

Entre las otras cuestiones previas planteadas, el fiscal se ha opuesto a que presten declaración como testigos los abogados que han ejercido la acusación particular en representación de la Junta.

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