Fraude de subvenciones

El juez no se pronunciará por ahora sobre la petición de embargo al ex líder de Vox Serrano

  • El instructor rechaza sancionar al secretario general de Facua, Rubén Sánchez, como había solicitado el ex diputado investigado, que lo acusaba de filtrar el sumario

El ex líder de Vox en Andalucía Francisco Serrano, en el Parlamento.

El ex líder de Vox en Andalucía Francisco Serrano, en el Parlamento. / raúl caro / EFE

El juez de Instrucción número 16 de Sevilla, Juan Gutiérrez Casillas, que investiga al  ex líder de Vox en Andalucía Francisco Serrano por presunto fraude de subvenciones de 2,4 millones de euros, no se pronunciará por ahora sobre la petición de embargo de sus bienes planteada por la acusación popular que ejerce el secretario general de la Facua Rubén Sánchez.

El instructor ha dictado un auto, con fecha 20 de enero, en el que apunta que no se resolverá sobre la petición del embargo de los bienes de Serrano y de sus dos socios solicitada por la acusación popular hasta que presten declaración los investigados y los testigos en esta causa, dado que el juez Francisco Serrano ha sido citado a declarar el próximo 8 de febrero y también hay fijadas declaraciones para los días 10 y 12 del próximo mes.

En la providencia, el juez explica que una vez se lleven a cabo estas declaraciones "se resolverá lo procedente, siendo preciso a tal efecto que tales diligencias sean ratificadas por escrito tras esas declaraciones, o bien se interesen otras no solicitadas; o bien también se dejen sin efecto aquellas que inicialmente se han solicitado y que pudieran entenderse no procedentes, en su caso", precisa el magistrado.

De otro lado, el juez ha rechazado la petición de la defensa de Francisco Serrano para que se sancione a la acusación popular que ejerce el secretario general de la Facua Rubén Sánchez, al que había acusado de realizar filtraciones del sumario. Dice el instructor sobre esta petición que "siendo las actuaciones de carácter reservado y no constando fehacientemente lo manifestado por la defensa de Francisco Serrano, no ha lugar por ahora a la deducción de testimonio alguno, ni a la adopción de las medidas solicitadas".

En concreto, el abogado de Serrano había reclamado al juzgado que se ejerciera la "potestad disciplinaria" rente a la acusación popular por la "publicitación" de actuaciones sumariales, recordando en esta petición -que el juez ha rechazado de plano- que el artículo 301 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal recoge que las diligencias del sumario son reservadas y no tienen carácter público hasta que se abre juicio oral, pudiendo imponerse multas que van desde los 500 a los 10.000 euros.

Serrano aportaba como supuesta prueba de la filtración un teletipo de la agencia EFE que se hacía eco de un mensaje de Rubén Sánchez en la red social twitter, en el que el secretario general de la Facua anunciaba que había pedido el embargo de los bienes del ex líder de Vox en la comunidad autónoma.

La defensa de Serrano aseguraba que en esta causa se vienen produciendo "continuas filtraciones, particulares tras la admisión de la personación de la acusación popular" y añadía que la obligación de reserva de las actuaciones sumariales o de investigación aparece estrechamente vinculada al derecho de defensa y a la tutela judicial efectiva de cualquier investigado, "tratando de evitar la conocida como pena de banquillo, esto es los efectos perniciosos que para la reputación de las personas investigadas puede suponer la difusión pública de un proceso en el cual debe gozar de la presunción de inocencia como derecho fundamental", relataba el abogado del ex líder de Vox en Andalucía.

La defensa acusaba a la acusación popular de "tratar de articular un proceso paralelo fuera de la actuación del órgano judicial por motivos tan espurios como la propia publicidad" y consideraba que estas actuaciones resultan "tanto más injustificables cuando la personación de la acusación popular se admitió sin prestar fianza alguna". 

En el auto, el juez Gutiérrez Casillas ha rechazado esta petición de la defensa.

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