El Palquillo

¿Cuándo recibirán los abonados de la carrera oficial el IVA cobrado en los últimos años?

Nazarenos de San Bernardo en la Plaza de la Campana, inicio de la carrera oficial.

Nazarenos de San Bernardo en la Plaza de la Campana, inicio de la carrera oficial. / Antonio Pizarro

El Tribunal Económico-Administrativo Regional de Andalucía (Teara) ha vuelto a ratificar que la carrera oficial de la Semana Santa de Sevilla está exenta del pago de IVA. La noticia, adelantada este jueves por Diario de Sevilla, beneficia a los abonados de las sillas y palcos, que verán cómo se les devuelve el 21% de más que se les ha cobrado desde el año 2020. Pero, ¿cuándo se les reingresarán estas cantidades?

La resolución en la que el Teara da un buen varapalo a Hacienda, aseverando que el asunto del IVA estaba ya juzgado y cerrado desde 2002, al considerar el carácter social del Consejo de Cofradías. La Administración Tributaria tiene un plazo de dos meses para recurrir el fallo, aunque los abogados expertos en fiscalidad consultados por este periódico lo consideran muy improbable por la contundencia del fallo y el recordatorio de que era un asunto cerrado.

La resolución fue notificada en el día de ayer, 17 de febrero, por lo que a partir del 17 de abril, Domingo de Resurrección, el Consejo podría pedir la ejecución de la sentencia de no haberse recurrido. A Hacienda le interesa que la devolución se haga lo más rápido posible, puesto que los intereses de demora, del 3,5%, corren desde el momento en que se pagó el impuesto.

El dinero del IVA es de los abonados, por lo que el Consejo no debería demorarse tampoco en reintegrarlo en la cuenta de los titulares. Algo que podría hacer directamente, aunque tampoco se puede descartar que se convoque una asamblea de hermanos mayores para ver la manera de proceder o que, como ya ha sucedido en el caso del cobro de los abonos de la frustrada Semana Santa de 2020, se pretenda descontar de lo que tengan que pagar en los próximos años.

Ganan los abonados, pierden Hacienda y el Consejo

Los verdaderos ganadores de esta batalla por el pago del IVA son los abonados de la carrera oficial. Los expertos fiscales consultados aseguran que no se puede decir lo mismo de Hacienda y el Consejo. La carrera oficial y las cofradías siempre han estado en el punto de vista de de Hacienda, desde que en el año 2000 le abrió un expediente al Consejo por una deuda de más de 30 millones de pesetas correspondientes al IVA no tributado por la carrera oficial. La voracidad recaudatoria actual hizo que el Gobierno se replanteara volver a pedir el pago del IVA debido a los suculentos ingresos que obtendría en toda España. Pero el Teara le ha cerrado con contundencia las puertas de nuevo.

Por otra parte, el Consejo, al que hay que reconocerle el mérito del fallo, también pierde económicamente. La institución en el caso del IVA es un mero recaudador, pero una vez pagado el IVA por la carrera oficial sí podía repercutir los gastos propios de su montaje. Por ello, la institución obtendría unos ingresos extra. Un negocio redondo. Con la ratificación del fallo de 2002 esos gastos no se podrían declarar.

Un fallo para toda España

El fallo del Teara de hace 20 años tuvo una onda expansiva de la que se beneficiaron todos los consejos y agrupaciones de cofradías de España. Tras la consulta de Murcia producida en el año 2019, que llevó a Hacienda a exigir el pago del IVA, la mayoría de los consejos andaluces recurrieron, habiendo recibido la misma respuesta que la institución sevillana. La intención de los presidentes era esperar a que la sentencia fuera firme para que se comunicara oficialmente. 

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